Despejando dudas sobre el mundo de los seguros
En el podrás volcar tus quejas, inquietudes, experiencias y opiniones sobre los seguros y las aseguradoras.
Si necesitas el asesoramiento de nuestros expertos, con gusto te daremos el apoyo que necesitas.
El contar las experiencias puede ayudar mucho a quienes, como tú, se ven en la encrucijada de decidir (con los pocos elementos que se tienen a priori) sobre un seguro u otro.
En ocasiones, en esta sección publicaremos los comentarios y opiniones que vosotros los usuarios, dejáis en los formularios de contacto de nuestro blog.
Los comentarios y preguntas formuladas de forma directa, serán respondidas personalmente al interesado y publicadas sin incluir ningún dato personal que permita identificar al consultante.
En este sentido, algunos nombres de pila puedes ser cambiados.
Entre todos podremos arrojar luz sobre los temas mas enrevesados de los seguros y las empresas aseguradoras.
Muchas de las dudas enviadas a nuestros asesores son relativas a los seguros para hipotecas.
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SEGUROS RGA, Esto tiene que ser ilegal. UN AÑO CON UN SINIESTRO ABIERTO, me «indemnizan» con 80 euros, que ingresan en mi cuenta, SIN AVISAR, SIN DAR MI CONFORMIDAD… para que me busque la vida, es lo que ellos calculan que vale pintar la pared que se ha desconchado por la humedad de una fuga de agua. Lo que ellos creen que vale un año, ¡1 año!, ¡UN AÑO!, sufriendo su ineptitud, su falta de atención, ¡como si no hubiera pagado el seguro!
¡Y que si no estoy conforme que reclame!
Francisco ha escrito:
En 2010 contraté una hipoteca y me hicieron un seguro de vida de prima unica 12400€ de una hipoteca de 80000€ total 94000€ que pago intereses de la hipoteca y del seguro
Esto se puede reclamar?
Saludos
Estimado Francisco,
Suponemos que la entidad con la que tiene contratada la hipoteca es La Caixa ya que sabemos que actúa de esa manera. Ya que a nosotros también intentaron hacérnoslo.
El hecho de que le incluyan el seguro en el principal de la hipoteca y pague intereses del seguro también ético no es, ya que una de las características de los seguros es que son anual renovables, pero si usted lo consintió a la hora de firmar la hipoteca poco puede hacer ahora.
Si cancelara con anticipación la hipoteca podría reclamar las primas no consumidas de la póliza.
Esperamos haberle sido de ayuda.
Atentamente,
Sandra Genique
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
BPM ha escrito:
He comprado un coche con la financiera bbva y me ha exigido un seguro de : vehiculo de sustitucion por la vida del prestamo con la cia. caser,
con prima unica de 387.90 E.
a los tres meses he amortizado 9.000 de 15.0000 y ademas tengo un seguro a todo riesgo con otra cia. , deseo anular el seguro con caser, y que me devuelvan la parte no consumida, me dicen que no puedo hacerlo……………pueden ayudarme.
Estimado BPM,
Según lo que nos explica, parece que le han hecho un seguro de garantía de vehículo de sustitución por varios años, con prima anticipada para toda la vida del contrato de seguro.
Si se tratara de un seguro que garantizara el pago del capital pendiente de cada momento, sí que se podría reclamar la devolución parcial de la prima en caso de amortización anticipada, pero el riesgo garantizado no tiene nada que ver con el capital pendiente sino que es un seguro de vehículo de sustitución. En ese caso, no es posible la anulación del contrato de seguro ni la devolución de la prima, salvo que se acredite que fue obligado a suscribir ese contrato de seguros para que le fuera concedida la financiación del vehículo, pues según la normativa de protección de consumidores, no se puede obligar a suscribir un contrato de seguro que no ha sido solicitado
Esperando haberle servido de ayuda quedamos a su disposición para lo que precise.
Atentamente,
Marcos Barón
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
JRB ha escrito:
En 2005 contratamos una hipoteca con cajamar,con lo cual nos comunicaron que era obligatorio el seguro de vida.lo contratamos con cajamar vida seguros y reaseguros,s.a.el de mi ex marido era de mas de 100 € que el mio.el caso es k en 2008 a mi me dieron una incapacidad laboral absoluta.cajamar jamas me informo que debia cobrar 6000 € por ese concepto .cuando me entere por casualidad apenas faltaban dos meses para cumplir el año de reclamacion.lo pille por pelos.pero aun es peor lo de mi ex marido.poco antes kiza 2 meses antes a el tamb le dieron la misma incapacidad,pero el debia percibir 65000€,ni los recibio ni se lo comunicaron ni nada.el fallecio ademas en 2012.tengo capturas de pantalla del pago de los recibos
Buenas tardes JRB,
Necesitaría tener claros ciertos datos antes de poder asesorarle correctamente:
1º) ¿Qué garantías cubría su póliza? ¿Porqué importe?
2º) No me queda claro que tipo de incapacidad le declararon. Incapacidad laboral transitoria, Incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total (que es la que le incapacita para su profesión habitual)
3º) Su aseguradora tuvo noticia de su incapacidad?? Lo supo y no le dijeron que tenía derecho a percibir la indemnización??
4º) Respecto a lo de su marido deberíamos tener también mas datos ya que no nos queda clara la situación.
Quedamos a su disposición y a la espera de recibir más información con el fin de poder clarificarle las cosas.
Atentamente, Marcos Barón
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
[LA duda de JRB fué gestionada internamente por los asesores de Barón Correduría de Seguros]
Lola H.
Ha escrito:
Hola, me dirijo a ustedes por si pueden ayudarme con una duda. Tenía un préstamo personal en el banco al que estaba vinculado un seguro de vida, que pagaba anualmente, hace un año que terminé de pagar ese préstamo y este año, hace unos días, vuelven a cobrarme un recibo del seguro de vida. Les comenté al banco que me lo devolviesen puesto que ya acabé de pagar el préstamo y me dicen que no se puede PORQUE tenía que haberlo dado de baja yo un mes antes del vencimiento. Esto es así? No tengo derecho de devolver un recibo si ya acabé el préstamo?
Espero puedan asesorarme,
Gracias.
Sandra Genique
ha respondido:
Buenas tardes Sra. Hurtado,
Ante todo, gracias por contar con nosotros para informarle sobre esta cuestión. Esperamos poder ayudarle y corresponder la confianza que deposita en nosotros.
Por lo que nos comenta hay dos cuestiones que son independientes a pesar que el banco por sus propios intereses quiera hacerlas en conjunto:
1ª) Anulación de la póliza: Según indica la Ley de Contrato del Seguro para anular un seguro, se debe avisar a la compañía aseguradora un mes antes al vencimiento mediante un escrito firmado por el tomador (algunas piden copia del DNI). En caso de hacerlo en un plazo menor la compañía está legitimada para reclamarle el importe de la póliza por vía judicial. (La realidad es que actualmente las aseguradoras de vida no reclaman judicialmente los recibos devueltos salvo en casos excepcionales).
2º) La devolución del recibo: está en su derecho de hacerlo pero, es habitual, que si el seguro de vida lo contrató con su entidad bancaria le pongan problemas para devolver el recibo. Le recomendamos que haga un escrito solicitando la devolución del recibo así como la cancelación de esa domiciliación y que de devuelvan automáticamente todos los recibos de ese emisor. Lo firme y hágalo llegar a su entidad bancaria personalmente. Que le sellen una copia del mismo y si persisten en no devolver el recibo acuda al defensor del cliente. Y en última instancia a un abogado. Tienen la obligación de devolver el recibo, no pueden negarse. Aunque desgraciadamente esto viene siendo una práctica actual de la banca en estos últimos años.
Informarle que la devolución del recibo no implica la anulación del seguro de vida. Lo más probable es que lo vuelvan a girar una o dos veces más hasta que finalmente la póliza quede anulada. Aunque, como le hemos dicho, la compañía tiene la facultad legal de la reclamación por vía judicial la vemos muy improbable ya que actualmente no tenemos constancia de que haya ninguna aseguradora que lo haga.
Esperamos haber podido servirle de ayuda, no obstante si tiene cualquier tipo de duda o desea comentar cualquier cosa, no dude en ponerse en contacto con nosotros estaremos encantados de atenderle. Gracias por su confianza.
Un cordial saludo,
Sandra Genique
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
Comercial
https://www.quepasaconlosseguros.com
[email protected]
Pregunta enviada desde el apartado “contacto”
Andrés Ha escrito:
Buenos días,
«La hipoteca que yo he adquirido es fija y lleva vinculado un seguro de vida de amortización que me pasan mensualmente.
Mi pregunta es referente a si pueden subirme la cuota mensual que yo pago, puesto que lo han realizado y no sé hasta qué punto pueden ya que no han preavisado ni nada, simplemente han pasado la cuota y normalmente esta cuota va disminuyendo de mes a mes, pero la ultima cuota que me han pasado me han incrementado ese recibo en 3 euros, normalmente venia decrementandose y en el mes anterior estava en unos 25 eruros y pico.»
«Muchas gracias de antemano»
Estimado Javier,
Precisaríamos más datos para poder asesorarle adecuadamente, copia de la póliza básicamente para poder ver las condiciones que tiene.
No obstante, los seguros de amortización de créditos suelen incrementar su precio en la renovación ya que la cantidad de hipoteca que amortizamos anualmente no suele compensar la subida de prima por edad que este tipo de seguros suelen tener. También es habitual que en el primer recibo de la anualidad le incluyan los impuestos por lo que ese primer recibo suele ser ligeramente más elevado.
Tal y como le hemos dicho sin más datos poco más podemos decir. Esperamos haberle sido de ayuda.
Saludos,
Marcos Barón
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
…no obstante, tambien es frecuente que en el seguro de vida que te hace tu banco el capital asegurado sea fijo, es decir que no decrezca segun vas debiendo menos dinero al banco. En este caso estarias pagando una cobertura que no precisas y que por tu edad es mas cara año a año. Como te dice Marcos, sería bueno tener mas datos.