¿Qué pasa con los seguros de Responsabilidad Civil?

¿Qué es un seguro de Responsabilidad Civil? La responsabilidad civil es un concepto que radica en la obligación que tenemos como personas de no causar daños a terceros. Según la Ley, la responsabilidad civil es la obligación que tiene toda persona que haya causado un daño, de resarcir al perjudicado. Más allá de tratarse de actos voluntarios o […]

¿Qué es un seguro de Responsabilidad Civil?

Seguro de responsabilidad civilLa responsabilidad civil es un concepto que radica en la obligación que tenemos como personas de no causar daños a terceros.

Según la Ley, la responsabilidad civil es la obligación que tiene toda persona que haya causado un daño, de resarcir al perjudicado. Más allá de tratarse de actos voluntarios o involuntarios. Se encuentra recogido en el Título XVICapítulo II, Artículo 1903 del Código Civil.

Pero existen dos tipos de responsabilidad civil, la contractual y la no contractual o extracontractual.

Responsabilidad civil contractual

La responsabilidad civil contractual, referencia al conjunto de consecuencias jurídicas que la ley retribuye a las obligaciones derivadas de un contrato. Según nuestro código penal, las obligaciones fruto de los contratos, tienen fuerza de ley entre las partes contratantes siempre y cuando no exista un vínculo previo. Artículo 1091 del Código Civil.

Por el contrario, la responsabilidad civil extracontractual es la obligación derivada de un daño ocasionado con independencia de que preexistiera relación jurídica entre las partes. Esto significa que no existiera contrato previo entre causante y damnificado. Artículo 1902 del Código Civil.

Además, en cuanto al plazo de prescripción de de la acción (para reclamar), la legislación establece el plazo de un año. Artículo 1968 del Código Civil.

Las compañías de seguros ofrecen la posibilidad de contratar un Seguro de Responsabilidad Civil para hacer frente a las obligaciones legales. Es muy importante tener un seguro que cubra estos riesgos y se haga cargo de ellos en el momento de necesitarlos. El patrimonio de una persona o empresa pueden estar en juego si no se cuenta con pólizas bien diseñadas, y a la medida de sus necesidades.

Seguros de Responsabilidad Civil para profesionales

La Responsabilidad Civil Sanitaria

Seguro de RC SanitariaUn seguro de Responsabilidad Civil Sanitaria, es un servicio que ofrecen las aseguradoras para proteger a los profesionales sanitarios en el desempeño de su actividad profesional. Este servicio cubre los daños que se pudieran ocasionar a terceros. Es un seguro que se adapta a cada especialidad médica y a la modalidad en la que ejerce el médico (sanidad pública, mixta o privada). 

Sólo están obligados a tener un seguro de RC Sanitaria los profesionales que ejerzan sanidad privada o mixta. Aún así, es muy recomendable que en sanidad pública también se contrate éste seguro.

Los seguros de RC para médicos cubren:

  • Responsabilidad Civil derivada de la actividad profesional como médico.
  • Defensa jurídica, fianzas y defensa.
  • Subsidio por inhabilitación profesional.
  • Todas las reclamaciones que se formulen por primera vez durante la vigencia del seguro,
    aunque sean de actos ocurridos en años anteriores.
  • Defensa del honor e imagen profesional por fallos favorables en denuncias dolosas o infundadas.
  • Reclamación/defensa por amenazas y agresión verbal o física.
  • Reclamación/defensa de sus intereses por incumplimiento de otros seguros profesionales que tenga contratados.
  • Asistencia jurídica telefónica durante las 24 h., todos los días del año.
  • Cobertura mundial en congresos, seminarios y simposios, así como en las actuaciones realizadas por el deber de socorro.
  • Responsabilidad Civil frente a Agencia de Protección de Datos.
  • Incumplimiento de la obligación de informar al paciente y de obtener del mismo el consentimiento informado, ya sea de forma verbal o de forma escrita, en los términos legalmente establecidos.
  • Ampliación de cobertura al territorio de la unión europea para el ejercicio esporádico, temporal y no habitual por parte del asegurado.
  • Cobertura en pérdidas económicas derivadas de asistencia a juicio en calidad de testigo.
  • Cobertura en pérdidas económicas derivadas de baja laboral por depresión.

Datos extraídos de la póliza exclusiva de Responsabilidad Civil para profesionales médicos de Barón Seguros S.A.

Si eres profesional sanitario y estás interesado en contratar un seguro de RC Sanitaria, puedes consultar la tarificación en RCSanitaria.com. Un asesor especializado en el ámbito sanitario se pondrá en contacto para explicarte las condiciones del seguro de RC Sanitaria que mejor se adapte a tu especialidad sanitaria y ejercicio profesional.

Administradores y Directivos, su seguro de RC

RC Administradores y directivosEn los últimos años, no hay día que no surja una noticia sobre un directivo o alto cargo de una empresa, que se vea implicado en procesos judiciales.
Sus obligaciones legales les hacen responder con su patrimonio ante hechos ocasionados por sus empresas.  Cada vez son más los terceros que interponen reclamaciones a empresarios, por lo que es más que recomendable contar con un seguro de responsabilidad civil que proteja el nivel de vida del directivo y su familia.

Debido a la gran demanda que existe, las compañías ofrecen seguros de responsabilidad civil para consejeros y directivos muy completos, que protegen al directivo ante los avatares de las empresas que dirigen.

El objeto del seguro es proteger personal y económicamente a los ejecutivos, en hechos negligentes (o supuestamente negligentes) cometidos por la empresa en el ejercicio de sus funciones.
El seguro para D&O se hará cargo del pago de las indemnizaciones en las que el directivo resulte civilmente responsable.

Administradores y directivos quedarán cubiertos de:

  • Pagos de indemnizaciones a las que deba hacer frente.
  • Gastos de defensa en procedimientos (civiles y penales).
  • Pagos de fianzas o gastos de constitución.

Pudiendo contratar garantías complementarias como:

  • Extensión a herederos y cónyuges.
  • Reembolso a la empresa de cantidades anticipados por ésta.
  • Gastos de comparecencias en investigaciones.
  • Inclusión automática de nuevas filiales de la empresa.
  • Reclamaciones en casos de discriminación.
  • Reclamaciones en casos de acoso laboral.
  • Gastos de comunicaciones y administrativos

¿RC en la carga de un transporte?

RC en la carga de transporteLas empresas de transporte o cualquier otro tipo de empresa, pueden tener la necesidad de transportar mercancía. Mucha de la mercancía puede suponer un verdadero riesgo para personas, pero también para bienes materiales que pudieran ser dañados durante el transporte.

Para solventar este riesgo, existen los seguros de Responsabilidad Civil de la carga. Su cobertura hace que la empresa no tenga que hacerse cargo de las indemnizaciones consecuencia de los posibles daños ocasionados.

En caso de que, legalmente la empresa sea la responsable de los desperfectos que la carga trasportada pudiera ocasionar, el seguro de Responsabilidad Civil de Carga asumirá las indemnizaciones económicas que pueda tener ante terceros.

La protección es válida para cualquier fase del transporte. Es decir, si los daños se ocasionan durante la carga, viaje o descarga e incluso a las herramientas y maquinaria que se utilicen en su manejo.

En la mercadería en sí misma y en el vehículo que se use para su transporte, no existe cobertura de éste seguro. Para asegurar estos bienes, existen otros seguros específicos:

Puedes consultar el seguro que mejor se adapte a tus necesidades de empresa o contactar con Barón Seguros donde un profesional te asesorará.

Los seguros de RC para Fundaciones

Las actividades que promueven o desempeñan las fundaciones, también deben de estar aseguradas. Es la propia Fundación la que responderá ante las actividades de sus administradores, directivos y voluntarios. Aún así, los patronos pueden tener que responder como personas individuales por sus actos u omisiones.  Por eso, es imprescindible tener contratado un seguro de Responsabilidad Civil para Fundaciones adaptado a cada una de ellas.

Responsabilidad de la Fundación frente a terceros

Cuando los miembros del Patronato se relacionan con terceros, es ésta la que responde como persona jurídica. Puede darse el caso de que las actuaciones del patrono, como representación de la fundación, hayan sido negligentes o ilícitas. Es entonces cuando la propia Fundación puede repetir contra el patrono.

Responsabilidad Subsidiaria de Patronos

Ante deudas tributarias y subvenciones, en casos de Responsabilidad Subsidiaria, la ley reclama los bienes del deudor principal. A veces resulta imposible, por resultar insolvente o declarado en concurso de acreedores. En éste caso se procederá a perseguir los bienes del responsable subsidiario.

Responsabilidad Penal de Patronos y Administradores de Fundaciones

Por estafas y apropiaciones indebidas, delitos contra la propiedad intelectual e industrial, por delitos contra organismos recaudadores del Estado, por daños medioambientales, por acciones que vulneren los derechos laborales de los empleados y trabajadores, o por impagos o insolvencias, los Patronos y Administradores se podrían llegar a responsabilizar.

Si deseas más información, puedes consultar RC para Fundaciones y solicitar una tarificación adaptada a tu Fundación.

La RC en el sector de la construcción

RC construcciónEs esencial que toda empresa que dedique su actividad a la construcción, posea un seguro de Responsabilidad Civil de Construcción. De tal forma, debe estar adaptado a las características de la empresa y a los riesgos en los que incurre.

Se pueden contratar dos tipos de seguros de RC de Construcción:
El primero es por obra, donde el asegurado y la aseguradora pautan una póliza por una obra determinada.
El segundo garantiza todas las obras que el asegurado acometa en un año. Es una póliza renovable y debe acordarse los parámetros de las obras que va a cubrir.

Además de las empresas del sector de la construcción, también pueden contratar éste seguro las de edificación e ingeniería civil: promotoras, constructoras y subcontratistas.

Coberturas automáticas

La garantía básica del seguro es la Responsabilidad Civil de Explotación, en la cual se entiende cubierto todo aquello que no está excluido. Uso de inmuebles, naves, maquinarias e instalaciones.

Se garantiza también la Responsabilidad Subsidiaria del empresario por daños ocasionados por los contratistas en caso de insolvencia de los mismos.

Además las garantías de explotación:

  • Propiedad y uso de bienes inmuebles, naves y recintos industriales, maquinaria, instalaciones, mobiliario y accesorios
  • Se garantiza la Responsabilidad Subsidiaria por los daños causados por los sub-contratistas en caso de insolvencia de los mismos
  • Uso de vehículos, excluyéndose expresamente los riesgos de circulación
  • Carga y descarga
  • Conducciones aéreas o subterráneas
  • Colindantes
  • Actos de empleados
  • Responsabilidad en contaminación accidental
  • Agrupaciones de Trabajo, garantizando la cuota de responsabilidad del asegurado
  • Responsabilidad Civil Profesional de técnicos en plantilla (daños a terceros)

Garantías complementarias

También se puede adaptar todavía más a la empresa con las garantías complementarias:

  • La RC Patronal, asegurando el pago de las indemnizaciones que el asegurado tenga que enfrentar. Éstas son resultado de los reclamos realizados por sus trabajadores por daños en su integridad física o muerte.
  • El seguro de RC Post Trabajos, que garantiza la responsabilidad que el asegurado pueda tener que soportar por daños causados por las obras acometidas, montajes o trabajos. Siempre y cuando se  hubieras ejecutado, después de la recepción de los mismos.
  • Además la RC Cruzada, que cubrirá la responsabilidad extra-contractual en que el asegurado pueda verse inmerso, por los daños personales causados al resto de intervinientes en las obras
  • RC por daños a preexistentes, asegurando  la responsabilidad ante los daños causados a bienes inmuebles existentes y recepcionados, antes de la intervención en la obra de la empresa asegurada.
  • Dirección jurídica y fianzas civiles y penales, cubriendo los costes judiciales y extrajudiciales fruto de los procesos civiles y penales, derivados de las reclamaciones que la póliza cubre.

Responsabilidad Civil para Autónomos y Microempresas de construcción

Los pequeños empresarios y autónomos también cuentan con un seguro de RC diseñado especialmente para ellos. Es un seguro dirigido a empresas y autónomos de la construcción que facturen menos de 400.000€/año y tengan menos de 4 empleados. Además de las cobertura de RC, incluye una cobertura de los gastos jurídicos inherentes a su actividad. La cobertura tiene un limite al territorio nacional.

Calcular seguro de responsabilidad Civil

Si quieres saber el coste del seguro de responsabilidad civil en españa, déjanos unos datos sobre tu actividad y te calcularesmos el seguros de RC con las opciones más ventajosas.

Garantías básicas

  • RC Explotación: RC Inmobiliaria, RC Locativa, RC subsidiaria por hechos de subcontratistas, RC Daños a colindantes, RC daños a conductores, RC Trabajos en caliente, RC Transporte carga y descarga, RC Contaminación accidental.
  • RC post-trabajos (12 meses), RC post-trabajos de instalaciones de gas (4 meses).
  • Dirección jurídica y fianzas.
  • Defensa Jurídica y reclamaciones a terceros.

Garantías Complementarias

Se puede ampliar la cobertura con otros seguros de Responsabilidad Civil como el de Patronal, RC cruzada, RC preexistentes y RC demoliciones manuales o mecanizadas de elementos estructurales (o de carga).

Si deseas saber cuánto cuesta un seguro adaptado a tu empresa, contacta con un asesor y le hará una valoración exacta.

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