Seguro de Vida Hipoteca
Hoy por hoy, la mayoría de las entidades bancarias solicitan, a la hora de conceder una hipoteca, la contratación de un seguro de vida vinculado a la misma.
En el seguro se especifica el préstamo hipotecario como beneficiario.
Esto quiere decir que, en un seguro de vida para hipoteca el beneficiario del seguro es el banco. Es decir, que lo que resta de pagar de la hipoteca se pagaría con el seguro de vida.
¿Es obligatorio un seguro de vida hipotecario?
Un seguro de vida es una herramienta que se contrata para que en caso de que falte el proveedor (o uno de ellos) de los ingresos del hogar o la familia, el nivel de vida del resto del grupo familiar se vea lo menos afectado posible en términos económicos.
Con esta premisa debemos decir que es muy recomendable suscribir un seguro de vida cuando se contrata una hipoteca, aunque por ley no es obligatorio.
Lo que tienes que tener claro es que no tienes por qué contratarlo con el banco.
Banco o correduría
Cualquier suscriptor de una hipoteca puede presentar un seguro de vida que cubra el pago de la hipoteca en caso de fallecimiento o invalidez, que contrate con una correduría o compañía aseguradora.
Seguro de vida Vinculado a una Hipoteca
Muchas entidades bancarias mencionan lo del seguro de vida incluida como si fuera un requisito en la adjudicación de la hipoteca. Esto se llama: seguros de vida vinculados a hipotecas y es ilegal.
Un jugoso negocio para la banca
Las aseguradoras propias, representan un jugoso margen de beneficio para la entidad, ya que no compiten en igualdad de condiciones con el resto de aseguradoras y cobran un mayor margen al usuario, considerándolo como cliente «cautivo».
Prácticamente todos los clientes de las entidades financieras, aceptan las condiciones que éstas exigen, principalmente por la necesidad de la concesión de la hipoteca.
Hecho que no debería implicar que, como clientes, estemos a la deriva frente a las abusivas exigencias de las entidades.
La desprotección del usuario
Además ha sabiendas que los clientes podrán reclamar a posteriori, presentando otro seguro de vida al banco, éste cobra por adelantado todos los años del seguros que repercute en montante total del préstamo. Lo que resulta en que una vez concedida la hipoteca el seguro ya está pagado y no hay posibilidad de rescisión del contrato.
¿Contratar un seguro rebaja el precio de la hipoteca?
Es conveniente calcular por separado cuánto costaría el préstamo si se contrata algún tipo de seguro o no. Además de los seguros de vida, los bancos suelen ofrecer los seguros de hogar en la contratación de las hipotecas. Si el cliente no contrata el seguro de hogar que suele proponer la entidad bancaria, está obligado a contratar un seguro de daños con cobertura anti incendios, con la compañía que elija.
La cuantía final dependerá del capital prestado, los intereses y la prima del seguro, por lo que es importante calcular la cifra a pagar en caso de contratar el seguro de hogar con el banco, con su correspondiente ahorro, y si se contratase con otra entidad aseguradora diferente a la bancaria.
Seguro de vida para hipoteca, más que recomendable
Desde luego, a nuestro entender la contratación de un seguro de vida que cubra la hipoteca (al menos), es más que recomendable, ya que ante un trágico imprevisto, nos veremos respaldados por la indemnización correspondiente frente al pago del capital que quedará pendiente en ese momento.
Seguro de vida hipotecarios, protección familiar.
En los casos donde uno de los cónyuges fallece, es a menudo difícil que la viuda o viudo, puedan hacerse cargo de la hipoteca sin que se vea afectada la calidad de vida familiar.
Según informa UNESPA, los seguros de vida saldan la deuda de más de 4.700 hipotecas al año en España, pagando las aseguradoras 166 millones de euros anuales a las familias hipotecadas.
Unas 1.800 familias sin seguro hipotecario se ven sorprendidas por la situación de sufrir un fallecimiento o enfermedad grave que impide el pago de la hipoteca.
Según el mencionado informe, el 40% de los casos, el asegurado falleció en los primeros 5 años.
Fallecimiento e invalidez absoluta o permanente
Entre tantas otras, son dos las coberturas importantes que suelen contratarse en un seguro de vida hipotecario: fallecimiento e invalidez permanente. Ante estas dos eventualidades la familia del asegurado puede hacerse cargo de la hipoteca.
5 claves del Seguro de Vida para Hipotecas
- Calcular el coste de tu seguro de vida: En este seguro, el beneficiario, en caso de que no se pueda hacer frente a la hipoteca por invalidez o fallecimiento, será la entidad bancaria. Calcula el coste de tu seguro de vida anual aquí.
- Conoce el coste total del seguro de vida propuesto por el banco: Averigua cuánto te está cobrando el banco en conceptos de seguro de vida. Compara y exige que no se te incluya el seguro de vida vinculado a hipoteca, legalmente no pueden negarse a conceder la hipoteca por esta razón.
- Contrata el seguro de vida por tu cuenta: Contrata un seguro de vida con una correduría o compañía aseguradora. Su principal negocio son los seguros y te ofrecerán una mejor solución a un precio mucho mejor.
- ¿Por qué una correduría de seguros es la mejor opción?: Una somera comparación de condiciones, nos arroja conclusiones irrebatibles sobre el precio justo que debemos pagar por nuestro seguro de vida para hipotecas. Esta comparación de condiciones y primas, nos permite ver que las ventajas que el banco nos concede sobre nuestro diferencial, o EURIBOR, en la mayoría de casos no son equiparables al ahorro que podemos conseguir contratando nuestro seguro de vida hipotecario, aunque fijemos de igual manera, el préstamo como beneficiario.
- El acuerdo con el Banco es revocable: Debemos ser conscientes de que, aunque el banco no conceda ningún préstamo que no tenga unas garantías de pago fiables y nos tengamos que ver en la tesitura de aceptarlas, no es algo irrevocable. Una vez concedido el préstamo y transcurrida la primera anualidad del Seguro de vida Vinculado a Hipoteca, debemos revisar la situación del mercado y ver si nos interesa mantener el seguro de vida inicial con el banco, o si nos reporta mayor ahorro contratarlo de forma ajena a la entidad. esto si el banco no ha sumado el pago del seguro a la cuantía del préstamos. ¡Infórmate!
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Nuestro asesoramiento no conlleva ninguna obligación ni compromiso.
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Gracias por esta información, me fué muy útil.
Llevo varios años intentando cambiar los seguros de las hipotecas y siempre es la misma respuesta del banco. Tenemos tres hipotecas y con sus correspondientes 3 seguros de vida y hogar todo con la misma entidad y vinculados con la hipoteca. Según ellos no puedo cambiar de seguros porque me penalizaría la hipoteca, pagamos mas de 800€ de vida y 332€ de hogar. Vamos que no nos da la teta para pagar mas y por supuesto que no nos pase nada a ninguno de los dos, pq habría que reclamar triple. Estoy hasta las narices y he optado por contratar otro seguro de momento de hogar tengo que comunicarlo al banco y espero no me penalicen ya que llevo pagando desde el 2007 con ellos, que son un atajo de chorizos pq si no lo aceptas o no te doy la hipoteca o te subo la cuota del préstamo. Puedo reclamar en el caso de que me penalicen la hipoteca?
Si, pueden reclamarle, ya que según la Ley de Contrato de seguro establece que hay que avisar con 1 mes de antelación al vencimiento de la póliza.
En cuanto a la penalización del tipo de interés en la Hipoteca, es un acuerdo que usted firmó con el banco y aparecerá detallado en dicha escritura.
Si desea que le revisemos y gestionemos cualquier cambio siempre en tiempo y forma con el banco, rogamos se ponga en contacto con nosotros a través del teléfono 976 23 54 23 o mail [email protected].
Ahinoa de Que pasa con los seguros.
Gracias un saludo!
Hola solicité un créditoa ibercaja ellos le llaman póliza en ibercaja de 4000 euros me dijeron que me daban 7000 por que había que hacer un de seguro de vida, yo pagaba 120 euros al mes del seguro por la hiporecacel caso es que me dijo que el nuevo me valdría para hipoteca y era más barato yo no lo entendí bien y firme ,cuando me doy cuenta que me aceptan 7000 € y me cojen 2500€ paracel seguro,cuando me doy cuenta y voy a la oficina me dicen que es lo que hay y ya he firmado ,estoy reclamando el dinero y me hablan fatal y me dan largas que puedo hacer para dar de baja ese seguro qces por 7 años ?? Gracias
Hola Amparo
Por lo que puedo leer, el banco le hizo la póliza por toda la duración del préstamo. Lo que tendríamos que ver es la póliza que ha firmado con qué garantías y condiciones, y si la declaración de salud que todos los seguros de vida la cumplimentó usted.
Por otro lado decirle, que la ley de contrato de seguro en su articulo 83 a) 1., indica la potestad por parte del tomador de resolver el contrato a los 30 días siguientes (enlace articulo de la ley 83a).
En todo caso lo que si sería conveniente es poner una queja ante el departamento de atención al cliente del banco.
Esperamos que pueda obtener una solución a su problema.
UN saludo!
De: (Nombre ocultado por el administrador]
Asunto: (Ocultado por el administrador]
Email: (Ocultado por el administrador]
Ha escrito:
Hola, firmé mi hipoteca en 2008 y en la escritura figuran las condiciones que debo cumplir para tener el diferencial pactado (tarjetas, nómina, seguro hogar, etc..) siendo la penalización de 0.10 puntos por cada condición incumplida. En un documento independiente que firmé me obligan también a tener un seguro de vida durante toda la vida de la hipoteca y si incumplo tendré las mismas penalizaciones estipuladas en la escritura ¿es esto legal? ¿puedo pedir por escrito la baja del seguro, ya que la cifra es astronómica, y aún así pagar el 0.10 más de intereses que aún así me sale mejor?
Muchas gracias
Estimado (Nombre ocultado por el administrador]
Hasta la entrada en vigor de la nueva ley hipotecaria de 2019 esta práctica era legal y habitual… Desgraciadamente esta ley no tuvo carácter retroactivo. Ningún gobierno legislaría algo que pudiera causar tanto daño en la cuenta de resultados de aquellos que les financian y condonan las deudas.
En la nueva ley viene recogido este artículo:
3. Como excepción a la prohibición de las prácticas de venta vinculada contenida en el apartado 1, los prestamistas o intermediarios de crédito inmobiliario podrán exigir al prestatario la suscripción de una póliza de seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo, así como la suscripción de un seguro de daños respecto del inmueble objeto de hipoteca y del resto de seguros previstos en la normativa del mercado hipotecario. En este caso el prestamista deberá aceptar pólizas alternativas de todos aquellos proveedores que ofrezcan unas condiciones y un nivel de prestaciones equivalentes a la que aquel hubiera propuesto, tanto en la suscripción inicial como en cada una de las renovaciones. El prestamista no podrá cobrar comisión o gasto alguno por el análisis de las pólizas alternativas que se le presenten por el prestatario.
La aceptación por el prestamista de una póliza alternativa, distinta de la propuesta por su parte, no podrá suponer empeoramiento en las condiciones de cualquier naturaleza del préstamo.
Respecto a si le sale mejor anularlo y contratarlo por su cuenta, lo primero que tiene que calcular es el incremento anual de la cuota.
Por ejemplo si tiene un capital pendiente de 100.000€ x 0,10% = 100€ Sería el incremento anual. Si con la póliza que contrate en otra entidad se ahorra más… entonces es interesante hacerlo.
Si nos facilita fecha de nacimiento, profesión y capital pendiente podemos mandarle una simulación con el coste del seguro de vida alternativo para que pueda hacer los cálculos.
Esperamos haberle servido de ayuda.
A su disposición para lo que precise.
Atentamente, Qué pasa con los seguros
Habría que analizar el documento posterior que te obligaba al seguro de vida. Lo normal es que no conste la «obligación» como tal, pues se cuidan mucho de hacerlo constar por escrito. Sí que constaría que vinculan el seguro de vida a la bonificación del tipo de interés. El contrato posterior te vincula y a las hipotecas anteriores a 2019 no les vincula la prohibición de esa bonificación.
La solución más sencilla sería reducir de forma muy importante el capital asegurado, pues supongo que el documento en cuestión no señala qué capital tiene que estar asegurado en cada momento. Te recomendamos que reduzcas un 80% el capital, por ejemplo, y que lo pidas por escrito al banco. En caso de que al vencimiento del contrato no te reduzcan el capital y no te bajen la prima, devuelve el recibo bancario de la prima del seguro. Si no aceptan esa devolución, solicítalo por escrito y si tienes algún problema al hacerlo, te ayudaremos.
Cualquier otra solución se complica, pues pasaría por una resolución judicial.
Un saludo.
[Usuario anonimizado por el Administrador del Blog]
Hola
Mi madre falleció el 3 de agosto. Tenía una casa en Espana y contrató un seguro de hogar caser. El mismo día el 3 de agosto le cobraron la cuota semestrial del seguro que cubre los 6 próximos meses. La pregunta es que al fallecer mi padre, en caso de incendio u otro, el seguro cubriría este siniestro u otro. O tengo que cambiar de titulara partir de ahora si al ser una persona fallecida aún descubre la casa. También como vivo en otro país, y existe el problema de la ocupación, en el caso de que hubiera un ocupa en la casa y en el peor de los casos incendiaria la casa también el seguro lo cubre o no. Sé que son preguntas raras pero quisiera asegurarme antes de irme para no preocuparme. Gracias
Buenas tardes […],
En principio hay que proceder al cambio de tomador de la póliza de hogar.
Con el certificado de defunción y la declaración de herederos no debería tener problemas para que la compañía lo haga sobre la marcha.
No obstante, deberían atender cualquier siniestro normalmente independientemente esté realizado el cambio o no.
Así mismo, el tema de los ocupas tan de moda en la actualidad… a través de la garantía de defensa jurídica de algunas pólizas viene cubierto los procedimientos judiciales para poder echarlos. Y efectivamente, si causaran un daño a la vivienda la compañía habría de dar cobertura siempre que sea un daño cubierto por la póliza.
Esperamos haberle sido de ayuda. Y quedamos a su disposición, si quiere que le hagamos un presupuesto de esa vivienda o de cualquier otro seguro que pudiera tener en España.
Quedamos a su disposición para lo que precise.
Atentamente.
El equipo de Qué pasa con los Seguros
Acabo de obtener un préstamo personal de 9000 euros en el contrato no dice nada de un seguro de hogar vinculado al préstamo pero me obligaron a serlo y el seguro de hogar pone por hipoteca y no es verdad es un préstamo personal por 4 años que pagaré 10.900en 4 años puedo cancelar el seguro de hogar que acabo de aceptar visto que no lo pone seguro de hogar por préstamo personal y me han puesto por una hipoteca cosa que no es cierta y como debo hacer para Cancelarlo visto que ya tengo un seguro de hogar en otra compañía y beneficiario la banca por mi hipoteca anterior a este nuevo préstamo personal
Buenas tardes, no te pueden exigir contratar un seguro de hogar por un préstamo personal. Las opciones que tienes son: devolver el recibo del seguro, pero tendrás que solicitarlo por escrito y aun así dudamos que lo devuelvan. Luego habría que reclamar al Dpto. de atención al cliente del banco. Otra opción es denunciar al banco ante la Dirección General de Seguros por incumplimiento de la Ley de Distribución de Seguros por contratos vinculados.
Hola . Me llamo antonio y acabo de firmar un credito personal por valor de 45.900 € con el santander . Despues de la firma y de disponer del dinero me quieren obligar a pagar un seguro que solo cubre fallecimiento por valor de 4780 € aparte de abusivo me suena a estafa . No me cubre ni desempleo ni discapacidad ninguna por que ya soy discapacitado en grado de total y empleado de la Once . Si me niego a pagar que puede hacer el banco en mi contra ?. Me amenazan con suspender el credito pero el capital ya no esta disponible. Gracias .agradeceria una respuesta clara .
Estimado Antonio,
En primer lugar nos alegramos de que haya contactado con nosotros a través de nuestra página Web.
En segundo lugar y centrándonos en su comentario, habría que ver si en el contrato del préstamo existe obligación de contratar un seguro de vida.
Si es así, no está obligado a hacerlo a través del Banco. Lo puede contratar donde quiera.
Si no está obligado contractualmente al seguro de vida, no tiene obligación de hacerlo.
Si finalmente está interesado en contratar un seguro de vida o quiere que le facilitemos presupuesto para comparar, simplemente necesitaremos conocer su fecha de nacimiento completa y el capital asegurado.
Quedamos a su disposición para lo que precise y esperamos haberle servido de ayuda.
Reciba un cordial saludo,
Sandra Genique Rozas
De: [Ocultado por el Administrador]
Email: [Ocultado por el Administrador]
Ha escrito:
Buenos días
Estamos tramitando un crédito hipotecario para reunificar deudas, nos piden una garantía hipotecaria por que la deuda sube 160.000€, la persona que nos aporta su piso como garantía hipotecaría tiene 67 años actuariales y no quiere dejar cargas a sus herederos.
Duración de la hipoteca 30 años
¿Podemos realizar un seguro de vida decreciente ligado al capital de la hipoteca para el avalista?
Estimado: [Ocultado por el Administrador]
Para poder asesorerle correctamente, necesitaríamos los siguientes datos de la persona a asegurar:
– fecha de nacimiento completa (dd/mm/aaaa)
– profesión
– deportes que practica
– capital y coberturas que desea asegurar
– interés del préstamo
– entidad bancaria
– periodicidad amortización del préstamo
Esperamos la información solicitada.
Gracias por su confianza.
Un cordial saludo,
Sandra Genique.
Buenos dias quisiera saber cómo puedo saber una duda. Mi padre falleció hace pocos meses. Nos dejó dos pisos con hipoteca puente. Yo sé que mi padre un seguro de vida sobre la hipoteca. Porque tengo testigo de que lo tiene. Ahora voy al banco que Unicaja y me dice que no existe dicho seguro. Que tan solo hay uno que nos reconoces que nos dan 10.000 euros. Y quisiera saber cómo puedo saber si es verdad que no existe dicho seguro.
Buenos días Rosa María.
Indicarle que puede solicitar un Certificado de contratos de seguros, el cual acredita los contratos vigentes en que figuraba como asegurado la persona fallecida y con que entidad aseguradora.
Para ello, tendrá que ponerse en contacto con la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia , le solicitaran el Certificado Literal de Defunción y aproximadamente en 7 días hábiles se emite un Certificado en el cual constaran los seguros que tenia en vigor y las entidades.
Espero haberle ayudado.
Ainhoa de Qué Pasa con los Seguros
¡Reciba un cordial saludo!
De: [Ocultado por el Administrador]
Email: [Ocultado por el Administrador]
Ha escrito:
Hola, tengo un seguro de vida vinculado a una hipoteca y acabo de saldar la hipoteca por venta del piso. el pago es mensual. me gustaría saber si puedo cancelar este seguro a partir de esa fecha al igual que pasa con los seguros de vivienda por venta de la misma o estoy obligado a esperar hasta el mes de octubre que es cuando finaliza.
muchas gracias.
Buenos días.
Lo primero agradecerle el interés mostrado hacia nuestra página web.
Respondiendo a su comentario, le informo que los seguros de vida son anuales renovables independientemente de que la forma de pago sea mensual.
Si su seguro vence en octubre, para proceder a la anulación del mismo tendrá que remitir un escrito firmado por el tomador junto con un copia de DNI con un mes mínimo de antelación a la fecha de vencimiento, de este modo, su seguro de vida podrá ser anulado cuando llegue el vencimiento.
Esperamos haberle aclarado su duda. Quedamos a su disposición para cualquier otra consulta que desee realizar sobre sus seguros.
Reciba un cordial saludo,
De: [Ocultado por el Administrador]
Email: [Ocultado por el Administrador]
Ha escrito:
en año 2007 hicimos una hipoteca y nos cobraron 26.000 euros de golpe EN el 2016 se quedaron con el piso por no poder pagar hace unos días nos llego una carta a mi marido y a mi de 8000 y 9000 euros cada uno de una revisión del año pasado sobre el seguro q pagamos que puede ser?que al perder el piso el seguro devuelve algo del dinero espero en tienda a lo q me refiero gracias
Teléfono:
[Ocultado por el Administrador]
Nota: Esta consulta fue tramitada de forma interna
Hola quise pedir un préstamo en la caixa de Barcelona y ya teniendo el préstamo aprobado y con el dinero en mi cuenta me avisan que tengo que pagar un seguro de vida, me opuse y les dije que no quería ningún tipo de seguro y el tío prepotente me dijo que sin seguro no había préstamo y retiró todo el dinero de la cuenta y me quedé sin préstamo por no querer pagar el seguro. Esto se puede denunciar??? Esta legislado de alguna forma??? Donde puedo reclamar??? Les agradecería mucho el dato.
Hola! en mi caso, caixabank nos obliga a contrartar 3 seguros para concedernos un prestamos de 50.000€ los prestamistas somos mi esposo y yo, a el le hacen un seguro de vida y otro de accidente y a mi otro seguro de vida (teniendo en cuenta que mi esposo ya tiene contratado con ellos un seuguro de vida y accidente, poero nos dicen que estos otros seguros deben ir vinculados al prestamo) los 3 seguros suman casi 3.500€ que puedo hacer o a donde recurir, me parece excesivamente abusivo. por favor darme informacion ya que aun no hemos consolidado el prestamos pero lo necesitamos. gracias!
Reclamación a dirección general de seguros..O al banco de España,por desinformación y obligatoriedad de dos seguros vinculados a un préstamo personal,sin ninguna póliza y sin ningún aviso con anterioridad, para poder darles de BAJA.. AHORA me dicen que tengo que seguir pagando hasta el año que viene y encima con subidas.. Además tengo la nómina domiciliada Y una hipoteca con clausulas abusivas desde el año 2001, en La Caixa.. Necesito asesoramiento y saber cómo eliminar esos dos seguros vinculados, que no los quiero para nada.y su seguro termino para el 2018.. Gracias.
Estimada Jone,
Para poder ayudarle necesitaríamos tener más datos.
Primero necesitaríamos saber si en la escritura de constitución de la hipoteca figuran esos seguros. También necesitaríamos saber si son de prima única (los pagó de una sola vez al constituir la hipoteca) o los paga anualmente. Y también sería conveniente saber las condiciones de la hipoteca ya que al anular las pólizas suelen subir el diferencial de la hipoteca por lo que habría que hacer números de cuanto le sube la hipoteca para saber si le sale a cuenta.
La forma de proceder de la banca es un atropello, pero han buscado (y los legisladores les han permitido) la forma de hacer esta imposición de seguros de forma legal, que no ética.
Tienen una posición de poder ya que ante la necesidad de dinero que tiene la sociedad no puedes permitir a la entidad que te presta el dinero vincular las condiciones de ese préstamo a la contratación de otros productos/servicios. Les prohibieron rebajar el tipo de la hipoteca por la contratación de seguros y se «inventaron» lo de la hipoteca bonificada que es exactamente lo mismo en el caso práctico…
En fin, si nos facilita la información y podemos ayudarle de alguna manera sin que salga perjudicada pagando más cuota mensual de hipoteca le indicaremos lo que nosotros haríamos. Todo este tipo de consultas las revisa nuestro abogado a fin de que nuestro asesoramiento sea siempre adecuado.
Quedamos a su disposición para lo que precise.
Atentamente,
Marcos Barón
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
Dirección Comercial
[email protected]
Reclamación a dirección general de seguros..O al banco de España.
Penélope a Preguntado:
Estoy negociando condiciones pero me sorprende que el Seguro de Vida además que es caro ( porque yo tengo uno privado con la misma cuota pero anual y en este caso es mensual ) que el beneficiario sea el Banco, es normal ?
Me pueden aconsejar cual sería una buena propuesta para hacerle al banco después de leer : «» LOS BANCOS TIENEN PROHIBIDO VINCULAR LACONCESIÓN DE UNA HIPOTECA A LA VINCULACIÓN DE UN SEGURO «»» .
Puedo contratar seguro de vida y hogar por cuenta ajena sin que me alteren las condiciones de la hipoteca. La primera propuesta fue a 25 años para importe de 140.000 euros un seguro de vida de 16.000 = UNA exageracion
Buenos días Penélope,
Resolviendo sus dudas le indico que los beneficiarios en un seguro de vida los designa libremente el asegurado/tomador del seguro de vida. Lo que ocurre con los bancos es que exigen que el beneficiario sea la propia entidad para tener cubierta esa deuda en el caso de que el asegurado falleciese. Nosotros siempre recomendamos poner la coletilla de «por la deuda pendiente» así en caso de que haya algún excedente de capital asegurado iría para sus herederos legales.
Por otro lado, la frase que nos indica es cierta pero lo que hacen los bancos es ofrecer bonificaciones en el interés del préstamo a cambio de la contratación de diversos seguros. Vamos que lo que hacen es bordear la norma de una forma legal y con una ética dudosa.
Para que podamos facilitarle nuestra propuesta necesitamos que nos indique los datos que te hemos pedido por línea interna.
Reciba un cordial saludo,
Sandra Genique
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
Hace dos años pedí un préstamo personal en la caja donde tengo todo nominas PENSION y me hicieron inseguro de vida ,ahora quiero ampliar un poco mas de lo que tengo de préstamo y me quieren obligar hacerme otro seguro de decesos cuando yo ya tengo uno que se puede hacer ,saludo ,gracias
Hola mi quería plantear mi duda mis padres tiene una hipoteca y un seguro que cubre la deuda en caso de fallecimiento. Sin embargo al fallecimiento de mi madre hace 2 años el seguro sólo cubrió el 10000 euros de la hipoteca y por mi parte descubrí que el seguro en caso de fallecimiento de mi padre cubriría 90000 la deuda en principio era de 180000 más o menos y hoy por hoy es de 140000 por lo q el Banco amplio el seguro para que en caso de fallecimiento se cubriera todo la deuda. Esto lleva a mi padre a pagar casi 200 euros mensuales de seguro el tiene 59 años no se si es por esto y es normal o es un abuso si fuese alguien tan amable de ayudarme se lo agradecería mucho ya que en estos tiempos y dada la situación es un pago considerable todos los meses. Gracias
Buenos días
Conseguí tener un crédito de 50.000 $ en la Sra. RIVERA, las condiciones son buenos así como el método de reembolso. Es de verdad de la seriedad el porcentaje de interés es del 3%. Si por otra parte necesita un crédito,
para contactarlo ahí tienes Su dirección e-mail: [email protected]
puede obligarme a tner un seguro de hogar en la cual el beneficiario sea el banco?
Buenos dias,
Mi consulta esta relacionada con la posible cancelacion de un seguro de vida que tuve que contratar con mi hipoteca a finales de 2003. Revisando la poliza he observado que consta como prima anual renovable con lo que, teniendo en cuenta que preveo finalizar la hipoteca en los proximos dos años, he decidido cancelar el seguro de vida y ahorrarme las dos o tres ultimas primas anuales. El ultimo pago lo realice el pasado mes de Abril (cobertura hasta abril de 2017) y hace un mes envie un burofax a la comapañia de seguros indicando que queria dar de baja esta poliza de forma inmediata. Entiendo que deberian abonarme los meses que restan hasta abril de 2017 a partir de la fecha de recepcion del burofax, correcto?. Que tipo de respuesta debo esperar de la cia? cuanto pueden tardar? cuales deberian ser mis siguientes pasos para confirmar la cancelacion del seguro y el retorno de la prima no usada hasta abril 2017?
gracias de antemano
saludos
Estimado Don Pedro,
Recientemente hemos recibido una solicitud de información sobre la cancelación de su seguro de vida actual. Ante todo, gracias por contar con Baron Correduría de Seguros S.A. para informarle sobre esta cuestión.
En primer lugar, le informamos que para solicitar la anulación de cualquier seguro, según indica la Ley de Contrato del Seguro, se debe avisar a la compañía aseguradora mínimo con un mes de antelación a la fecha de vencimiento mediante un escrito firmado por el tomador.
Concretamente y por lo que nos explica en su correo electrónico, entendemos que el vencimiento de su seguro se ha producido en abril, mes en el que se ha realizado el cobro anual del seguro; sin embargo, la comunicación de anulación ha sido enviada en el mes de julio (fuera del plazo establecido para anular en el año 2016), por tanto, la anulación de su póliza será en abril del 2017, coincidiendo con la fecha de vencimiento.
La duración de los contratos de seguro son anuales por lo que una vez pagada la anualidad la aseguradora no tiene obligación de la devolución de la prima. Lamentamos comunicarle que la baja de la anualidad en curso no es posible ya que no se ha hecho dentro de los plazos que establece la ley.
Intentaría rebajar el capital asegurado en la póliza al capital pendiente de hipoteca y pediría el extorno de prima aludiendo a que tenían que haberle ajustado el capital pendiente al asegurado en póliza automáticamente. Quizá de esa manera pueda conseguir que le devuelvan parte de la prima aunque lo habitual es que le pongan todo tipo de pegas.
Esperamos haber podido aclarar sus dudas, no obstante si tiene cualquier tipo de duda o desea comentar cualquier cosa, no dude en ponerse en contacto con nosotros o, si lo prefiere, conmigo personalmente; estaremos encantados de atenderle. Gracias por su confianza.
Un cordial saludo,
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
Comercial
[email protected]
Buenos días,
En mi caso se trata de un seguro de construcción autopromoción que me hicieron firmar en LIBERBANK para concederme la hipoteca, ya que me dijeron, y cito literalmente, «si no te haces el seguro de construcción con CASER no te van ha hacer la hipoteca y hay que hacerlo antes de que esté concedida», la cual después de «torearme» durante más de 8 meses no me concedieron.
Lógicamente en el nuevo banco, el cual si me concedieron la hipoteca, me hicieron hacer un nuevo seguro de contrucción de vivienda con ellos, en éste caso se trata de BBVA.
Lo que me gustaría es saber si puedo reclamar al primer banco (LIBERBANK) y la compañía aseguradora (CASER), la anulación del seguro y la devolución del dinero, ya que tengo dos pólizas cubriendo el mismo riesgo.
Además CASER me cobró más de 500€, mientras que BBVA por las mismas coberturas solo 150€.
De ser posible, agradecería profundamente que me indicaran el tipo de carta y escrito que debería de enviarles para dicha solicitud.
Muchisimas gracias anticipadas.
Saludos.
Buenas.mi duda es la siguiente :si me queda una cantidad mínima para terminar mi hipoteca como puede ser q mi seguro de vida venga más subido. Esto es legal.
Estimada Toñi,
El precio del seguro de vida lo determinan las garantías contratadas, la cuantía de las mismas, la profesión y la edad. Entendiendo que todas salvo la última permanecen igual y la única que varía es la edad sería normal el incremento del precio. No solo es legal, sino que es la norma en todas las compañías de seguros. Otra cosa es que la suma asegurada hubiera debido ir adecuándose año a año al capital pendiente.
En su caso concreto una solución podría ser pedir a la entidad aseguradora que ajuste el capital contratado a la deuda pendiente. Si como entendemos la suma contratada no ha variado desde que contrató su hipoteca el ahorro debería de ser muy importante.
Revise las condiciones de su hipoteca, es posible que pueda contratar el seguro en otra entidad sin que le repercuta en el tipo de interés y, aunque le repercuta, cuando queda poco capital pendiente suele compensar contratarlo fuera del banco ya que las subida del tipo de interés cuando queda poco capital incrementa muy poco la cuota. Sin embargo, un reciente estudio, demuestra que el ahorro medio al contratarlo de manera independiente en vez de en el banco es del 30% de media.
Esperamos haberle ayudado y quedamos a su disposición para lo que precise.
Atentamente,
Marcos Barón
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
Dirección Comercial
[email protected]
A mi mujer y a mi nos concedieron una hipoteca y como para poder solicitarla nos pidieron las nóminas de ambos la hipoteca está a nombre de los dos,por lo que pagamos dos seguros de vida uno a nombre de cada uno.Mi pregunta es si es necesario que tengamos un seguro cada uno, o por el contrario podría ser solamente uno solo el tomador.Gracias
Buenas tardes.
Mi padre contrato seguro de vida asociado a la hipoteca, sus hijos queremos que se ejecute ya en el banco para tener menos deuda, el banco nos solicita certificado de su muerte que ya les hemos entregado y historial médico del asegurado donde consten todas las patologías que pudiera tener con fecha de diagnóstico y tratamiento.,
¿tenemos que solicitar rsta información a su médico? nos la darán por la ley de protección de datos?
Hola Maria, en este caso si les entregarían la información Clínica ya que tienen el certificado de defunción del paciente y la entregaran a los familiares.
Un saludo!
El equipo de Qué Pasa con los Seguros
Me gustaria saber si los seguros por tarjeta de credito es obligado tener seguro de vida gracias.
Estimado Ramón,
Necesitaríamos nos ampliara la información puesto que no entendemos la pregunta.
Puede localizarnos telefónicamente en el 973.23.54.23.
Quedamos a su disposición para lo que precise.
Atentamente,
Marcos Barón
BARON CORREDURIA DE SEGUROS S.A.
Dirección Comercial
Llevo un año desde que firme la hipoteca y con ella dos seguros de vida de euros cada uno de mi mujer y mio mean llamado de la caja que mean dejado la cuenta al descubiertdoscientosdescubieanular los seguros,tengo que ingresar el prestamo de la hipoteca y me dicen que lo cargaran a los seguros estoy indignado
He comprado un piso y proximamente tendré que firmar la hipoteca. Expongo mi caso:
Tengo 54 anos y seré propietaria del piso con mis dos hijas. He pedido un préstamo de 220000 euros a 20 anos. Las condiciones del préstamo son las siguientes:
1- Hacer seguro de vida a mis hijas que es màs barato de prima ùnica por el 100% del capital.No me permiten hacerlo para mi por mi edad.
2- Seguro de hogar
3- Plan de pensiones
4- Otro seguro para mi (no obligatorio) para tener vinculacion completa y conseguir el 0,20% menos de diferencial. El seguro màs barato que se me propone cubriria el 50000euros en caso de fallecimiento por calauier causa e incapaciad absoluta. la cuota anual es 776 euros.
Si tengo una vinculacion completa se me aplica el euribor +1,25% y si no me suscribo al 2° seguro de vida se me aplicaria el euribor + 1,45%.
Me gustaria saber qué me resulta màs interesante, si contratar el 2° seguro y tener la bonificacion del 0,20% y tener esos 50.000 euros en caso de fallecimiento o no suscribirme y ahorrar el seguro 776X20.
Quisiera saber si en el caso de que me suscribiera y debiera al banco menos de 50.000 euros si hubiera fallecimiento, qué ocurriria con el resto del dinero, se lo quedaria el banco o lo recibirian mis hijas.
gracias.
Buenos dias a todos,
Tenemos un hipoteca de 109000 euros hace cinco años, lo cual 9000 en seguro de vida en un pago unico, pero el problema es que nos hemos dado cuenta que tenemos solo cinco años de cobertura.eso es legal? Y que tenemos que hacer en en este caso? Gracias
Buenos dias.
Estamos domiciliados en el extranjero. Hemos comprado una vivienda nueva en España (con una pequeña hipoteca). Una de las entidades bancarias nos proponian un seguro de vida. Me dicen que al tener el domicilio fiscal fuera de España no se puede pretender a un Seguro de vida en España (vinculado a la hipoteca, por supuesto. Podria ser con ciertas compañias aseguradoras….lo cierto es que el banco que nos dio la hipoteca no nos obligo a tomar un seguro de vida. Que hay de cierto ? Gracias.
Mi marido y yo fuimos al banco a pedir un crédito . con la garantía de devolverlos tras una venta.. a los tres meses ..pedimos 5000 euros , hemos tenido que pagar un seguro de vida ..300 euros…es muy legal..y para cuando lo devolvamos ..para que sirve
Hola buenos días,lo primero muchas gracias por ayudarnos a las personas a entender un poco mejor este mundo tan complejo de las hipotecas y los seguros de vida,yo como tanta gente tengo una hipoteca de 250.000 con Santander, me obligaron a tener seguro de vida pero actualmente no lo tengo y me gustaría contratarlo por seguridad para mi familia,ya que hemos vivido muy reciente un caso de accidente laboral con incapacidad absoluta en casa de mis padres y no sabes lo que sucede hasta que lo tienes encima.En caso de que nos ocurriese algo a mi marido o a mi,me gustaria dejar las cosas bien hechas para que mi hija no tuviese los problemas que he tenido yo,pero tengo mucho temor a equivocarme al no tener experiencia de saber q tengo q contratar me gustaría que me ayudaseis en elegir el producto adecuado y donde sería más conveniente contratarlo.Un saludo
Aunque no es obligatorio, siempre es muy recomendable tener un seguro de vida, pues no podemos preveer lo que nos puede pasar en el futuro. en caso de desear asesoramiento por parte de un agente de seguros, no dude en llamarme, sin ningún tipo de compromiso.
saludos
Alfredo miguez garrido
agente de seguros del corte inglés
Francisco dice:
Teniendo hipoteca sobre un terreno y otra sobre vivienda, con seguro de vida obligatorio, me sobrevino invalidez absoluta permanente,¿en general estos seguros quedan cubiertas dichas hipotecas?
Buenas noches, me gusto mucho este post, de hecho tengo una inquietud, mi padre adquirio un credito hipotecario, el falleció y debido a una reticencia que la aseguradora alego, negaron el pago de la deuda, por lo que yo he sido responsable de cancelar mensualmente las cuotas de este para no perder el inmueble, y este pago lo sigo realizando a nombre de mi padre ya que no consegui que me refinanciaran la deuda.
como yo sigo pagando las cuotas mensuales a nombre de mi padre , me siguen cobrando el seguro de vida en mencion.
puedo hacer algo para que el banco no me siga cobrando una cuota de in seguro de vida que ya no me beneficia en nada puesto que mi padre fallecio yla aseguradora nego el pago de la deuda?
puedo reclamarle al banco y a la aseguradora que me reintegren el dinero correspondiente a ese seguro de vida que a mi modo de ver lo he regalado al banco mensualmente?
muchas gracias!
Buenas,yo tengo una hipoteca desde 2008 cn bbva,en su día m hicieron un seguro de vida (4014€)en un pago único,pero dicho seguro me caduca en 2028,y mi hipoteca en 2035….esto es legal?ke m aseguguren x menos tiempo de la vida del prestamo hipotecario?…podria anularlo?me devolverían en ese caso la parte proporcional?…gracias.
Hola,
Tengo mi seguro de vida vinculado a la hipoteca y pago bastante comparado con la oferta que hay.
El problema es que en la póliza pone que se inicia en el año 2011 y finaliza en
el 2036 (que es cuando finaliza mi hipoteca). Pago la prima anualmente.
Se que hay una ley que dice que para dar de baja una póliza hay que avisar con más de dos meses de antelación a la finalización de esta.
No se si estoy obligado a seguir hasta el 2036 o puedo cancelar la póliza antes de la renovación de la prima.
Le agraderé mucho una aclaración.
Saludos,
Cristian
Buenas noches, mi consulta es la siguiente: tengo un sseguro de vida desde hace unos años y para pedir una hipoteca me dice el banco q necesito hacer otro y que tengo que pagarlo en una única cuota a la hora de firmar la hipoteca, es esto legal?
Buenos días: Lo primero gracias de todo, por tener esta web dedicada a este tema en particular. Estoy intentando averiguar si puedo hacer algo con mi seguro de vida, ya que llevo pagándolo desde que tengo la hipoteca, con lo cual lo tengo asociado y no solo eso, también aparece en la escritura, me indican que no me permiten quitarlo y lo tengo que pagar de por vida, es una barbaridad, tanto que lo pago trimestralmente, estoy intentando averiguar si es una cláusula ilegal, con tantas cosas que están apareciendo al respecto e investigando si puedo hacer algo o lo tengo que pagar si o si. Me gustaría que me indicaran si se puede hacer algo y que pasos tendría que seguir en caso de que así fuera. Muchas gracias. Un saludo.
hola tengo una hipoteca de 108.000 € me quedan 80.00€ y todos los años me suben el seguro-vida,este mes me a venido 505€ me parece demasiado pues fui al banco y me dice que es que mi marido cada vez tiene mas años y le dije que normal pero que cada vez la hipoteca me quedaba menos.Le dije de quitarla pues por otro lado pago casi la mitad pero me han dicho que si la quito me suben todos los meses la cuota de la hipoteca por que es hipoteca fidelidad,si me cambio de compañia y no la del banco eso lo pueden hacer?subirme todos los meses casi 100€?gracias
Hola, resulta que segun bmn me obliga la hipoteca a tener seguro de hogar, pero podria sacarlo en otra compañia aunque fueran ellos los beneficiarios? Y otra estoy pagando un seguro de vida y resulta que cada mes sin saberlo estoy pagando con el recibo del prestamo mensual y no lo sabia ni he firmado, que podia hacer con esto? Gracias, un saludo
el seguro de hogar es obligatorio tenerlo ligado a la hipoteca, pero no es necesario que sea la propia entidad la que te de el seguro del hogar. puedes elegir cualquier otra compañía y luego ligar ese seguro a la hipoteca. en el caso del seguro de vida, revisa las escrituras de la hipoteca y mira si es un seguro de renovación anual, si esta ligado a la hipoteca entera o simplemente lo hicieron porque si, aunque en este ultimo caso, deberías haber firmado algún tipo de seguro. saludos
Buenas tardes,hace 10 años firme una hipoteca con una entidad bancaria a la que iba asociado un seguro de vida, sin embargo cuando nos cargaron, en su día, el primer recibo lo devolvimos porque nos parecía desorbitado y desde entonces nunca hemos pagado ningún seguro de vida, ni ese ni ningún otro. Diez años después, la nueva entidad bancaria que absorbió a la primera, con la que había firmado la hipoteca en su día, me dice que tengo que hacerme el seguro de vida, y me pregunto si tengo obligación de hacerlo ya que en estos 10 años nunca me habían exigido que lo tuviera, aunque aparece reflejado en la escritura de la hipoteca. Muchas gracias.
Buen día Mi hijo falleció siendo yo su heredero en acta notarial. He recibido el correspondiente informe del Ministerio de Justicia en el que constan dos pólizas de seguro de vida Bankia / Mapfre Me he personado en el banco que ahora es CaixaBank y el director no me informa absolutamente de nada entre otras cuestiones, . sobre una de las pólizas que presumiblemente cubre la hipoteca de 60.000 euros que restan por pagar y me dice que no existe. De ser así , mi hijo les habría firmado un documento de renuncia que tampoco me exhibe. No contento con eso ha trasladado la deuda del difunto a una empresa de recobros de Madrid. Mientras tanto la deuda lleva engordando seis meses. Respecto a la póliza que si aparece y corresponde a un préstamo personal tampoco quiere negociar la cancelación de la deuda. CaixaBank se comprometió a asumir los compromisos de Bankia . Muchos ligan publicitario en TV pero luego te tratan a patadas
Hola José.
Lamentamos profundamente el problema al que se enfrenta y entendemos su frustración.
Desconocemos los detalles de las pólizas y los trámites que se pueden haber hecho en las mismas. Pero de todas formas le recomendamos que se queje a las compañías aseguradoras usando los canales de atención al cliente.
Presente toda la documentación de la que disponga: certificado del registro dónde figuran los seguros de vida de su hijo, certificado de defunción, documento notarial de herencia, libro de familia y dni.
Asimismo y dado que la contratación de los seguros se hizo a través de los bancos, se podría poner una queja ante el Banco de España, por la negativa a facilitar información al heredero.
Esperamos que pueda solucionar este problema de la mejor forma posible, y haberle podido aportar algo de ayuda. Le rogamos nos comente la evolución del caso, para así, otras personas que se encuentren en una situación similar aprovechen la información.
¡Mucha Suerte!
El equipo de Qué Pasa con los Seguros
Mi consulta es que tengo un seguro de vida vinculado a la hipoteca.Este se firmo en el año 2005 y era de prox 4500 €.Podria anular dicho seguro y el banco reintegrarme ese dinero ?
O por el contrario según me dio a entender el banco, ese dinero se lo descontarían del préstamo hipotecario?
Podria utilizar ese dinero para pagar las próximas doce cuotas del préstamo hipotecario del año próximo ya que no me lo devulven o solo lo descuentan del total del capital?
Saludos.
Hola,en el año 1998 compre un coche y el banco me hizo un seguro de riesgo temporal ya que pedi 500.000 pesetas,en ese año aun no entro el euro hasta el 2002,mi sorpresa es que ese seguro aun lo tengo vigente y el banco no lo anulo al saldar esa deuda de 500.000 pesetas,tengo una prima anual de 39,55 y un capital asegurado de 6010,12 €,todos estos datos los he conseguido desde internet online donde puedo acceder a mi cuenta y mis datos,mi pregunta es la siguiente si el banco me deberia haber havisado y si me aconsejarias que anulara este seguro que para mi ya no hace nada de nada,los bancos se aprovechan de todo,culpa la mia por no estar pendiente pero me paraece de risa tantos años con este seguro de riesgo temporal
Muchas Gracias.Saludos
Gracias de antemano. Mi consulta es la siguiente:
Tengo una Hipoteca con el banco y contratado un seguro de vida, y estoy en situación de baja médica por enfermedad mas de seis meses. No se si tengo derecho a que mi banco se haga cargo de mi hipoteca o parte de ella durante este periodo. En otros servicios como tarjetas de crédito si se han hecho cargo, pero me gustaría saberlo en el caso de la hipoteca ya que preveo que me van a decir directamente que no.Gracias
Hola hoy hemos firmado una hipoteca y no sabía q tenia q pagar un seguro de 2.400euros por q me lo dijeron a último momento figura mi marido y yo en la hipoteca al momento de firmar yo no tenía el dinero del seguro el director del Banco se enfadó pero luego nos dijo q podíamos firmar y nos daba un plazo de una semana para pagarlo quiero saber si puedo contratar otro seguro después de a ver firmado ya aún no he pagado los 2.400 euros q me exige el Banco
Hola he firmado una novacion en mi hipoteca y me han obligado para ello la condicion de contratar el seguro de vida de mi esposa y el mio, 726 euros mi mujer y el mio 843 euros, el mio esta firmado y pagado hace 10 dias y el de mi mujer no lo firmo y ellos han pagado a la
Aseguradora sin estar firmado, creemos que el director realizo firma falsa, hemos devuelto el recivo del seguro no firmado, lo devolvimos atraves de la web del banco,
Puede pasarnos algo con esto?
Ademas queremos devolver el mio si firmado, la ley dice que tienes 30 dias para anularlo!!!!
En las escrituras ni en la oferta vinculante no aparece ningun seguro de vida.
Gracias, espero la opinion de alguien que entienda.
Tenemos un préstamo hipotecario con una Caja desde hace más de 10 años, nos quedan 3 años para terminar de pagar, y ahora nos dicen que el Banco de España les exigen a ellos que nos hagamos un seguro de hogar.
Es una parcela urbana, a las afueras de un pueblo, que utilizamos en verano, no es la vivienda habitual.
Creo que es abusivo, pero dada mi poca cultura financiera, quería pediros consejo. Muchas gracias
Me gustaría saber si existe alguna fórmula para calcular el importe que me tienen que devolver si he desistido de un seguro de vida en los primeros 30 días tal y como establece el Artículo 83, a), de la Ley 50/1980.
Muchísimas gracias
Hola yo quisiera hacer una pregunta mi tía en conjunto con mi padre hace mas o menos unos diez años tuvieron que solicitar un préstamo personal de 30.000Euros a la caja rural ya que estaban mal económicamente debido a la venta de las casas a un precio inferior del que las habían comprado y de las cuales estaban pagando la hipoteca,bueno en el año 2007 mi padre falleció y el banco le dijo a mi tía que tenia que seguir pagando íntegramente el préstamo que estaba a nombre de los dos porque al hacer el préstamo personal el banco no les hizo ningún tipo de seguro,yo quisiera saber si eso es legal ya que le cobran 600 euros mensualmente y su nomina es de 940 euros,de antemano muchas gracias !
Hola..mi pregunta es si se puede dar d baja un seguro d vida vinculada a una hipoteca..en caso d q se pueda dar de baja y hay el fallecimiento del asegurado quien se hace responsable d la hipoteca ..cuando los herederos son menores d edad y el tutor legal es la madre que estaban separados y tenian la hipoteca en comun..aunque el q la pagaba es el asegurado fallecido el cual se dio d baja sin ella saberlo..MUCHAS GRACIAS..UN SALUDO
Hola, mi consulta va en realación a un seguro de vida hipotecario.
Hace 12 años que me hice una hipoteca, me hice el seguro de vida y hogar con el banco.
Resulta que ahora quiero cambiar los dos seguros. He estado revisando las escrituras bancarias que firme, y solo aparece obligacion de tener un seguro de hogar, pero no hacen mención del seguro de vida en ningun momento.
Según me han informado, si no sale en las escrituras, no tengo obligación a tenerlo con ellos. Me falta un mes para el vencimiento anual y he ido a llevar la baja al banco. Resulata que me dicen que tengo que avisar con dos meses de antelación y si no pago el año que viene me ponen en una lista de morosos. ¿esto es legal?, porque tengo que pagar otro año de seguro, cuando ni siquiera tengo obligación a tenerlo?
Muchas gracias.
Hola, tengo una hipoteca y una de las clusulas dice que tengo 0.30puntos porcentuales de reduccion con la condición de tener seguro de vida, hogar con ellos y la nomina en el banco, si no no tengo ese beneficio, mi duda es si esos 0.30puntos son mucho, es decir elevaría en gran cantidad la mensualidad? porque mi seguro de vida es muy caro y cada vez se eleva.
Hola,
mi mujer falleció en Junio del año pasado 2014, tenía contratado un seguro de vida asociado a la hipoteca y la aseguradora me concedió el capital asegurado pero Bankia me cobró el 1% de amortización anticipada, es decir, casi 1000 euros ¿es esto correcto? ¿lo pueden hacer?
Saludos,
Hola,hace un mes y medio hemos pedido un préstamo para una hipoteca más gastos hipotecarios.Nos han acordado el préstamo 49.870€.Ahora el director nos dice que el préstamo cubre 100%del valor del piso,43.500€y lo de mas para el seguro.es normal eso?es normal que me lo diga después de un mes de esperar a tener todo hecho y firmar?Gracias y espero respuesta
Hola,
Tengo una hipoteca vinculada a la empresa pero a titulo personal. Me obligaron a coger un seguro de 36.000€ y lo cobraron en una sola prima.
Puedo anularlo y recuperar parte de mi dinero?
Gracias.
Buenos días, ayer firme un préstamo con una financiera por la compra de un coche donde me hacen firmar un seguro de vida y me lo cobran en una sola prima, el cual me lo cobran aumentando el préstamo por esa cantidad, resulta que al leer el contrato detenidamente me doy cuenta que no esta condicionado en los requisitos para concedérmelo y además hay una cláusula en el seguro que puedo restringir el contrato en el plazo de 30 días sin decir ni el motivo, y además en el contrato del préstamo me dice que tengo 14 días para desistir el contrato pero tengo unos gastos de cambio de contrato del 0,50porciento por modificarlo, puedo reclamar en este caso que me abonen el seguro en su totalidad o que me modifiquen el contrato sin ese seguro.
La cantidad que me prestan es de 22000 euros, 19000 por la compra del coche y los tres mil restantes un 3porciento los gastos del préstamo y 2370 el seguro. Mi pregunta es: si no está condicionado este seguro puedo pedir que me lo devuelva aunque ya lo haya pagado integró o es mejor que desista el contrato.?
Mi problema es que el año pasado contraté con Mussap un seguro obligatorio de auto + lunas porque salía muy económico y este año, a pesar de haber estado preguntando desde meses antes el importe de la prima, no me lo han querido decir, argumentando que no lo sabrían hasta una semana antes. Pues me encuentro que de 198 € que pagué el primer año me lo han subido a 257 €, es decir un 30% más. Le aclaro que sólo he dado un parte de siniestro, pocos días antes del vencimiento, pero con la culpabilidad aceptada del otro conductor. Yo entiendo que pueda aplicarse la variación anual del IPC (curiosamente en este caso sería negativa) pero el 30% me parece abusivo. Desde entonces estoy pidiendo una explicación a la compañía, por teléfono y vía e-mail como me dijeron ellos, pero siguen haciendo oidos sordos. Creo que estoy en mi derecho de ser informada de una subida tan grande y por supuesto del motivo para ello. ¿Por qué ellos no comunican las subidas en plazo para rescindir las pólizas? Estamos totalmente indefensos ante los abusos ¿Me tendrían que devolver la parte de la prima no justificada?
Me concedieron una hipoteca por 127.000 euros y me hicieron un seguro de vida y de incapacidad absoluta mediante prima única a mi mujer y a mi por el capital total y capital restante a medida que avanzan los años cuyo beneficiario es el banco. Por la crisis he dejado de pagar la hipoteca y me sale a subasta e més que viene. Mi pregunta es si el seguro sigue en vigor después de la subasta o por el contrario me tendran que devolver la parte proporcional del tiempo pagado por prima única. Un saludo y gracias por su labor.
Estimado Sr:
Le comento mi caso, hace cinco años firmé una hipoteca con el banco, en el que se me ofrecia un diferencia del 0.50 si cogia los seguros del banco.
Dijimos que si, pero ésto no se reflejó en la escritura ni hay una oferta vinculante firmada por nosotros.
Tras cinco años y viendo que pagamos una pasta por los seguros, los de vida 630 euros los dos y subiendo, porque son de capital constante, me he decidido a pedir información a otras compañias.
Obviamente me dan mejores ofertas en los seguros que la que tengo.
Bien, avisé con dos meses de antelación al banco de que quería darme de baja, bueno me pasé dos dias no creo que haya problema, y hoy llamo al banco para que me verifiquen exactamente que no existe ninguna oferta vinculante.
Me dicen, que no hay nada firmado pero que es verbal .. y creo que eso no es vinculante. Entonces mi miedo es firmar con otras compañias los seguros o no, ya que me subirá el diferencial y el posible ahorrro que tenga me lo cobrarán en el diferencial.
Muchas gracias.
tengo una hipoteca y un seguro de vida en el banco en otra entidad de seguros me sale el de vida 300euros menos que por el banco quiero dar de baja el del banco y me dicen que estoy fuera de plazo de dos meses de aviso y queda automaticamente renovado es esto legal y me amenazan con ir al juzgado si lo devuelvo gracias por adelantado
mi caso en concreto, estoy pagando de seguro de vida mapfre caja madrid por un importe de 66.000 euros 244 euros al año, si me voy a una oficina de mapfre me lo ofrecen por 70 euros al año. me considero estafado por bankia, lo malo es que el seguro me obligaron a pagar diez años de golpe y ahora me dicen que me olvide que ya esta pagado
Hola mi pregunta es la siguiente.
Tenemos concedido desde hace unos 6 años una hipoteca y desde entonces un seguro de vida.
Resulta que ahora nos han concedido un crédito ICO en el que nos «obligaban» a contratar un seguro de vida el primer año, ambos seguro por importe anual de 900€, con las mismas coberturas uno que otro, por lo que hemos decidido dar de baja uno de ellos puesto que los gastos nos comen.
Claro como no, la señorita que atiende el telefono nos «advierte» en tono casi amenazante que no podemos hacerlo a pesar de hacerlo con más de dos meses de antelación.
Es legal que nos obliguen a mantenerlo?? Si me muero es problema de mi familia el hacerse cargo de las cargas que deje, puesto que los beneficiarios de ambos seguros no son las entidades financieras sino mi familia, por lo que ellos sabran si liquidan la deuda o no.
Muchas gracias
Buenos días:
En el 2004 hice una hipoteca con mi marido, con el que tenía régimen de bienes gananciales.
Con la hipoteca iba asociado un seguro de vida que se hizo por diez años, o sea, hasta el 2014, y en el que somos asegurados ambos cónyuges y de beneficiarios están el banco y los herederos/cónyuges.
En el 2008, mi marido y yo nos divorciamos, y la hipoteca y el piso los tengo yo al 100%
Han pasado los diez años, y el seguro me lo cobran mes a mes.
Ahora quiero dar de baja el seguro, pero aparte de mi firma, necesitan la de mi ex marido.
No entiendo que en el 2008 no se modificaran las condiciones del seguro, al haber divorcio.
Mi temor es que mi ex marido, se niegue a dar de baja su parte del seguro.
¿Hay alguna manera de anular este seguro?
Muchas gracias.
Vamos a firmar una hipoteca por 63000€, el banco nos dice que tenemos que hacernos un seguro de vida a 5 años con ellos, el cual lo debemos pagar en una sola cuota. Nos dicen que sale sobre unos 2500€ pero que se nos puede quedaren 1000€…Mis preguntas son:
– si me hago un seguro de vida en una compañia externa al banco puedo poner al banco como beneficiario?
– puedo negarme a la contratacion del seguro que el banco me ofrece?
Muchas gracias
hola,
mi pregunta es sobre los seguros de vida que tenemos mi mujer y yo asociados a la hipoteca.nos han comentado que segun pasan los años de pagar hipoteca el precio del seguro debe disminuir porque ya se ha amortizado dinero de la hipoteca.esto es asi?
Buenas,
Mi consulta consiste en 3 preguntas sobre un seguro de vida
asociado a una hipoteca.
1. Se puede cancelar un seguro de vida con el preaviso de 2 meses
en cualquie momento? O hay que esperar al final del año?
2. La profesion afecta a la prima? al principio estaba trabajando
y ahora estoy en paro. Llamé para preguntar y me dijeron que
no afectaba?
3. El capital asegurado tiene que ser el pendiente de amortizar
o pueden ellos subirlo? Mi capital pendiente es unos 49.000
y pico y el capital asegurado es de 50.500€. El redondeo a
50.000€ es segun ellos porque va por «tramos» y los 500€
dicen que cubrir contingencias. Es esto correcto???
Gracias y un saludo!
Buenas tardes, me gustaría saber si una caja es absorbida por otra caja, si se tienen que mantener obligatoriamente todas las condiciones de las escrituras de constitución de hipoteca.???
Gracias de antemano
Hola, liberbank me obligó,»si no lo haces»,el seguro con ellos, palabras textuales de su director, no se te concede. Precio abusivo, con lo que he leído aquí iré a la OCU o similar y aguantaré un año con ellos por que he firmado, cuando uno está jodido y necesita de esa gente hace uno lo que sea. Luego en frio piensas y ves las cosas de otra manera y te das cuenta que te están robándote y no te enteras. Siento el rollo, necesitaba desahogar y no pongo mas por que quien lo lea no tiene culpa. Saludos de un mileurista con 35 años en la misma empresa y cada vez ganando menos.
Buenos días,
Vamos a adquirir una vivienda y para la hipoteca nos piden como requisito contratar un seguro de vida por el 100% del valor del piso a cada uno de los dos cónyuges, esto es legal? Es normal??? En principio nos dijeron de era el 50% cada uno, pero ahora nos dicen que ha de ser el 100%.
Gracias
Estoy totalmente de acuerdo. Y creo que la desinformación es un mal mayor en cuanto a la salud de nuestros bolsillos. Un caso particular es que pedí un prestamos de cerca 14 mil euros en la Caixa Cataluña, el préstamo me obligaba a contratar 3 seguros, con pagos únicos anuales. En total asciende el importe de los seguros a cerca 2 mil euros, aparte corren los gastos y comisiones, hay que incluir los intereses también. Increíble o no, pero la definición exacta para estos Sres. es que son unos «chulqueros».
Yo quisiera saber si es posible alguna medida y si me respalda alguna normativa para el reclamo de mi dinero.
Un saludo.
Hola,
Muy interesante información. He entrado en el Banco de ESpaña para buscar el artículo pero es como encontrar una aguja en un pajar ¿me podrían decir cómo se llama el artículo?o cómo dar con el?
Muchas gracias
Mi consulta va en relación a un seguro de vida que nos obligaron a contratar al firmar la hipoteca. En primer lugar la hipoteca obligaba a tener una cantidad cubierta equivalente al 75% de la deuda viva. Lo contratamos en 2008. De momento sabemos que en 2013 y primer semestre 2014 lo han cargado al banco por el 100% de la deuda viva, los anteriores no hemos podido aún averiguarlo. Esto es, no lo han actualizado a medida que disminuía el riesgo. Podría devolver el recibo de la cuota semestral que me han cargado por anticipado el 2 de enero de 2014 y cancelar el contrato?. El dtor del banco me dijo que no, que ya había empezado el año, y que mi obligación era pagar al menos el año en curso ( 1000 € en total y sólo han transcurrido 16 días). Tampoco me aplicaron en 2013 la bonificación que me correspondía en el diferencial de la hipoteca por tener contratado el seguro de vida. Por supuesto que tampoco me han ido año a año dándome traslado de la actualización del riesgo y las modificaciones de la prima para que las acepte. Es más he comprobado que han ido aumentando conforme pasaba el tiempo, según el recibo del banco que tengo en casa, pero ni ha habido comunicación previa ni consentimiento expreso.En fin yo he cumplido y ellos no. Gracias por vuestro foro y quedo a la espera de vuestro asesoramiento experto.
Mi duda es la siguiente: Yo firmé la hipoteca con caja Guadalajara en 2008 con la condición de contratar mediante la Caja el Seguro de vida y del hogar, de manera que me bonificaban en vez de un interés del 1% se me quedaba en el 0.33 %. Cinco años después Caja Guadalajara ha sido absorbida por la Caixa.., La Caixa me llamó hace dos semanas para decirme que ahora los seguros tengo que tenerlos con ellos, con la consecuencia de que la prima del seguro de vida se duplicaria, más o menos como el del hogar. Mi duda es si esto es legal, o yo tengo derecho a seguir con mis antiguos seguros…
Espero que me podais ayudar. Muchas gracias
Buenas tardes me estan cobrando.dos.seguros de. vida . me cobraron 200de un seguro d vida anual y el otro seguro de vida del prestamo y desempleo me lo estan cobranfo mensual dicen que los dos son obligatorios esto es legal ya uqe me parece un abuso en las escrituras del contrato no figura qu tengo q tener dos seguros de vida asi q no lp entiendo a ver si pieden reolver mi duda gracias
Tengo una hipoteca y a la firma de la misma tuve que firmar un seguro de vida a nombre de mi mujer y en el mio propio, en el que me distribuían el capital de la hipoteca de forma proporcional, para el caso de que fallecieramos alguno de los dos, ese seguro pudiera pagar la parte proporcional de la hipoteca. En mi caso son 210.22€/año y mi mujer 141.94€. Ahora quiero negociar con el banco para dar de baja dichos seguros, ya que es una barbaridad de dinero, pero el banco se remite a una clausula que dice lo siguiente: «El seguro quedara extinguido automaticamente al finalizar la anualidad en que el asegurado alcance los 75 años actuariales, y las garantías complementarias dejaran de estar en vigor al final de la anualidad en que el asegurado alcance los 65 años actuariales, de acuerdo con el articulo 6 de las condiciones generales de la póliza». ¿Quiere esto decir que tengo que pagar esta barbaridad, con las subidas anuales correspondientes, hasta que cumpla 75 años?. Si es cierto ¿puedo reclamar esta barbaridad en algún lugar?
Buenas tardes, mi marido falleció hace dos años, tenía un seguro de vida asociado a la hipoteca de la casa y cuando he ido al banco a recuperar el dinero sobrante una vez que el banco ha cobrado su importe por cancelación de hipoteca, me dicen que no puedo cobrarlo siendo beneficiaria, porque antes tengo que hacer la aceptación de herencia, esto es así?
Gracias y saludos.
Buenas noches tengo 2 seguros de vida uno con el de la hipoteca y el otro del prestamo bueno no se como se llaman pero pago 350€ al año y lo que quiero saber es si puedo quitarles xk en la escritura de la vivienda no vienen reflejados,el banco es el popular y se lo he dicho 2 veces la segunda ya me han debido de tomar en serio y decian que iban a hablar con el abogado del popular creo k estoy en mi derecho a quitarles xk es abusivo no?’haber si alguien me puede ayudar,un saludo y gracias.
Hola, leyendo esta página me entro la duda. La hipoteca de mi casa está a nombre de mi esposo y para conceder dicha hipoteca tuvo que hacer un seguro de vida con caixanova, Ahora después de la sentencia sobre la cláusula suelo, y de estar pagando la hipoteco constituida hace 6 años , nos obligan a que yo como esposa debo también hacer el seguro de vida para garantizar la hipoteca, porque según ellos esa es la normativa legal y como la hipoteca la hizo caixanova , y ahora está en manos de Novagalicia (alegan que cada una tiene sus término ), y para ellos el seguro de mi esposo no es garantía suficiente. No se supone que cuando estos bancos o cajas se fusiona deben respetar los términos de las hipotecas YA constituidas ????
hola.con cuantos meses de antelacion puedo quitar los seguros que tengo vinculados con la hipoteca??
Tengo un pretamo hipotecario llevo pagandolo 5 años es de 10 años la vida del pretamo, Mi pregunta es yo tengo el seguro de vida mensual pago 53€ al mes por un pretamo de 43000€ de inicio a dia de hoy me faltan 24000€ porque hice cancalaciones. pero mi pregunta es no deberia ir bajando la cota mensual del seguro de vida
Muchas gracias
Hola . Estoy pendiente de formalizar un préstamo hipotecario por poco dinero 27000 euros y me obligan al seguro de vida. Inicialmente pretendían que financiara el total del seguro durante la vida del préstamo 1400 eu. en 10 años a lo que les indiqué que es posible que cancelara el préstamo antes por lo que no me parecía justo. Aceptaron y me ofrecen uno anual que no me queda claro, me lo han enviado por correo y antes de aceptar me surgen unas dudas que le agradecería me resolviera. En la descripción de la póliza dice importe total del recibo 51 euros y prima anualizada 224,28 euros. No me queda claro cual es el precio que voy a pagar. Tengo la sensación que los 51 euros es el pago probablemente cuatrimestral de los 224,28. No se especifica nada, pero intuyo que es una nueva estratagema para confundir. Me gustaría que me lo aclararan antes de volver a hablar con ellos. Por otro lado, si son los 224 es un precio desorbitado no?
Muchas gracias.
Hola, mi caso es el siguiente, me conceden una hipoteca de 26400€ y el banco para darmela me impone que haga seguro de hogar por valor de 250€ y que pague un seguro de vida por 5 años con valor de 750€, en total 1000€ de seguro en una hipoteca muy pequeña.
Esos seguros contratandolos yo con empresas de seguros por mi cuenta no me saldrian por mas de 250€ al año que es lo que me piden por el de hogar solamente y encima tengo que abonar 5 años de seguro de vida por adelantado.
Mi duda es la siguiente, ¿que pasaria si yo firmo la hipoteca y contrato los seguros con el banco y pasados unos dias devuelvo los recibos y contrato otros por mi cuenta?
Un saludo y gracias
Buenas tardes!! Mi problema es que mi banco (cajastur) hasta este año me estaba cobrando como seguro de vida 340 euros para mi sola. Ahora que me puesto cabezona porque anteriormente no me dejaban quitarlo y era un NO rotundo para bajarlo o cambiarlo. Ahora me dicen q me lo bajan a 240 euros y aun así yo lo he encontrado mas barato con las mismas condiciones. He hablado con el seguro y eso o sigo con el seguro o me suben la cuota de la hipoteca. Yo no me niego a tener seguro de vida pero me fastidia que me impongan lo que tengo que hacer. Si alguien me puede decir que hacer….. gracias
Buenos días en 2011 contraté una hipoteca por 111.000 euros a 30 años, y un seguro de vida «obligatorio» por 3000 euros pagados a la firma de la misma. El pasado mes de agosto recibí una herencia con la que amorticé gran parte del capital. A la fecha el capital pendiente es de 14.000 euros. Al reclamar a la entidad la parte proporcional del pago del seguro de vida, me dicen que sólo me devolverán el 30% del importe pagado por el mismo si amortizo el TOTAL de la hipoteca en 5 años, osea antes del 2016, fuera de estas condiciones, no hay importe que reclamar.
Agradecida de antemano, espero su respuesta.
Mi consulta va en relación a un seguro de vida de prima única financiada (PUF) que quieren hacerme firmar por acogerme a un convenio de BBVA con MUFACE. Solicité la concesión de la «Hipoteca Muface fácil tipo variable» y cumplo todos los requisitos que ahí se indican. Mi sorpresa es que cuando el Dpto de riesgos autoriza para llevar a cabo la operación el director de la oficina me comunica que estoy obligado a contratar un seguro de vida PUF que asciende a 4500 Euros. De ello no se indica nada en los requisitos para la concesión de la hipoteca. Ya he cursado una reclamación al servicio de calidad del banco, pero querría saber, por una parte, si realmente estoy obligado porque el Director del banco o algún supervisor suyo así lo decida y, en segundo lugar, a qué instancias puedo recurrir para exponer mi caso. Gracias.
La noticia es muy clara pero por desgracia la Ley deberia obligar el cliente a tener un seguro vida y invalidez por su propio bien pero claro, sin obligacion de contractar un seguro directo al banco .
Ademas, mismo si actualmente el seguro vida no es obligatorio pues la oblicacion del banco es explicar (por escrito) a los clientes del porque habria que tener este seguro .
Buenos dias,
Acabo de realizar un seguro de vida, no con el banco, donde he puesto de beneficiario al banco para subrogar el prestamo.
¿Es necesario que aparezca el numero de prestamo?
¿Quedaria asi cubierto el pago de mi hipoteca y liberada la casa para mis hijos?
Gracias
Buenas tardes.expongo mi caso, en su dia 2005 pedi al banco 2 creditos personales y auto.mirndo en cada el contrato,observe ue tengo dos seguros ,los cuales el tomador soy yo, dos de vida y dos de protecion de pagos.me e quedado en paro dos meses y fuy al banco por el seguro de protecion de pagos y la sorpresa fue que al no tener contrato fijo no me cubre.que puedo hacer? Reviso el contrato y sige mi sorpresa al ver que me pusieron que en ese momento tengo contrato fijo y que poseo una casa valorada en x dinero de la que yo nunca fuy titular, ya que es de mis padres.me quedan tres cuotas por pagar pero la cuantia es bastante elevada ya que 260 euros uno y el otro de 100 y a dia de hoy no tengo trabajo,podria reclamarle los dos meses que estuve en paro,que podria hacer
Hola he pagado la hipoteca 10 años antes y no solo es que me penaliza el Banco Popular con el 1% sino les he requerido el importe sobrante del seguro de vida vinculado a la hipoteca y me dicen que tengo que esperarme 2 años,esta claro que es un abuso rastrero y usurero pero, esto es legal ‘??? si me podéis contestar os lo agradezco y si no es legal me pueden decir que pasos debo dar, gracias.
BUENAS TARDES: MI SITUACION ES UN POKO DIFICIL DE CONTAR, Y ESPERO KE ME PUEDA AYUDAR.
NOSOTROS TENIAMOS UNA HIPOTECA Y TUVIMOS QUE SUBROGARNOS EN OTRA ENTIDAD, PQ PEDIAMOS UNA CANTIDAD DE DINERO PARA COMPRAR UNA NAVE, ASIKE ME HICIERON UNA SUBROGACION HIPOTECARIA CON LA OFERTA DE HIPOTECA BONIFIKADA CLASSIC, EN LA CUAL PUSIERON DE SEGURO EL DE INCENDIOS.
LO KE YO KIERO SABER, ES PQ NOS PONEN ESE SEGURO SI NOSOTROS YA TENIAMOS EL PROPIO?
MI PAREJA FALLECIO, Y LA DIRECTORA DE LA OFICINA ME DIJO KE NO TENIA SEGURO, KE NO SE LLEGO A FIRMAR, KE PUEDO HACER YO ANTE ESTO?
Hola, tengo dos pisos y me encuentro como casi todo el mundo pagando la hipoteca de cada uno. Ambas con La Caixa. La primera, firmada en 2003, tiene seguro de hogar y de vida.
En la segunda, firmada en 2006,tengo seguro de hogar. Me llegaron a ofrecer el seguro de vida pero finalmente no lo suscribí. La cuestión es que tampoco llegué a suscribirlo con ninguna otra entidad. La verdad es que no me he ocupado de este tema pero, por otro lado, creo que desde el banco me deberían haber recordado el tema del seguro.
¿Puede considerarse que me encuentro en un estado de desprotección?
¿Puedo reclamar algo al banco?
buenas tardes, quiero rescindir el seguro de vida vinculado a la hipoteca que concertamos hace años.
Quería hacer dos preguntas, la primera si es obligatorio el seguro vinculado a la hipoteca y segunda si es lícito si hasta este momento me hayan cobrado por el importe inicial de la hipoteca. Actualmente mi deuda es irrisoria y no encuentro lógicas ambas cuestiones, ni que aún tenga que tenerlo contratado y que se me cobre por el importe inicial.
Muchas gracias por su ayuda
Buenos dias.
Me gustaria saber cuantotiempo tardan una aseguradora en responder a una solicitud de un sefuro hipotecario.gracias
Tengo un seguro con el banco santander con prima unica de 2700 euros por 5 años, podria darme de baja y me devolverian el dinero? Grácias
TRAS DECIDIR CANCELAR UN SEGURO DE VIDA CON BARCLAYS BANK(MI MUJER Y YO)POR SER DEMASIADO CARO (ABUSIVO DIRIA YO), ME DICEN QUE NO PUEDO HACERLO PORQUE EN LA PUBLICIDAD DE LA SUBROGACION DE HIPOTECA QUE HICE CON ELLOS FIGURABA LA OBLIGACION DE CONTRATACION DE LOS MISMOS, PERO EN MI OFERTA VINCULANTE Y LA ESCRITURA DE SUBROGACION DE LA HIPOTECA NO DICE NADA DE ESTO, TODO ESTO TRAS DECIRME QUE SI LO HACIA YO SERIA NO RENTABLE PARA ELLOS Y ME INVITABAN A LLEVARME LA HIPOTECA A OTRO BANCO. HE HECHO HOJAS DE RECLAMACIONES CON ESTE ASUNTO PERO AUN SIGUEN PONIENDO DIFICULTADES A MI DECISION ¿TIENEN RAZON?
Ola buenas os comento aver si podeis asesorarme .al aserme mi hipoteca q es de vpo subrrogada por unicaja.bueno para darmela me exigian seguro de vida,seguro del piso y uno de desempleo.page los dos primeros y despues de firmar la hipoteca fui y le dije q no keria eldesempleoe dmijieron q si no lo pagaba me quitaban la hipoteca ya que toavia no habia pagado la primera mensualidad pues le dije que vale y solo firme un papelito como dando.permiso a cobrarselo una vez pasada la mensualidad.bueno pues por alguna razon de un error en un numero q pusieron mal en la hipoteca no me cobraron nada hasta el septimo mes.en el que me cobraron 7 mensualidades de un tiron y mas 2 mese mas que llevo pagando al mes normalmente mi hipoteca llevo 9 meses pagado y no me han cobrado el seguro de desempleo q son 1500 y parece como si se les hubiera olvidado cobrarmelo.mi pregunta es si se dieran cuenta y me pasaran el seguro cuando ya llevo casi un año pagando mi hipoteca podria yo negarme a pagarlo ya que no es obligatorio y al tener un monton de meses pagado d ehipoteca ya no podrian kitarmela no???podria exigir si me pasaran el seguro aque me devolvieran el dinero?? Contestarme porfavor gracias
estoy en tramite de firmar una hipoteca y hasta ahora en todo estoy conforme, excepto en el tema del seguro. La entidad es la Caixa y me «obliga» a contratar el seguro con ello, ademas un seguro de proteccion que implica no solo el fallecimiento sino, la posibilidad de ir al paro y otras cuestiones de riesgo que yo no me habia planteado. Para pagarlo me ofrecen dos alternativas…una como se ha comentado aqui con un solo pago de 10000 euros añadido a la cantidad a hipotecar y otro mediante primas mensuales ( y que en su conjunto llega a los 1050 euros anuales)…..El seguro se llama Serviam.
Es legal esto? me pueden penalizar fuertemente las condiciones si no acepto?
Gracias.
Hola.
Resulta que el banco al concederme un préstamo hipotecario incluyo en la suma total de dinero para la hipoteca, una prima única para el seguro de vida de unos 4000 euros.
Me dijeron que la póliza me la mandaran a casa la entidad aseguradora, pero han pasado mas de cuatro años , y no me mandaron ninguna póliza.
Ademas, en la escritura publica no se ha pactado la contratación de este seguro. Debería haberse pactado esta condición en la escritura?
Gracias por vuestra ayuda.
Bankia, sin previo aviso, me pasa un cargo semestral por un seguro de hogar, del que ni tengo conocimiento, ni he firmado póliza alguna, y por lo tanto, desconozco cuales son las condiciones ni que me cubre, puesto en contacto telefónico con la compañia aseguradora, me comunica que es dicha entidad la que ha lo ha formalizado a mi cargo, el empleado de la entidad que me atendió no pudo darme explicación alguna, que elevaria mi consulta a la Central bancaria para que me informaran, en tanto la cuota semestral me ha sido carga en mi cuenta.Poseo pestamo hipotecario concedido por la misma en el año 2007 y cuya cancelación finalizará a finales del 2015. Es legal el procedimiento seguido por dicha entidad. ¿Tengo obligación de correr en la cuota descontada¿. ¿Que queja o recurso puedo interponer y ante que organismos oficiales?.Agradezco atentamente la respuesta que me pueda ofrecer.
Buenos días:
Tengo contratada una hipoteca desde hace dos años con el Banco Santander, en su día me dijeron que tenía que hacerme un Seguro de Vida con ellos en los que, por supuesto, ellos eran los beneficiarios.
Revisando la escritura de constitución de mi hipoteca, por ningún lado aparece referencia a seguro de vida, ni como requisito para la concesión de la hipoteca, ni como bonificación en el diferencial.
¿Pueden obligarme a tener seguro de vida? en caso de poder obligarme ¿tiene que ser con ellos o puedo contratarlo con otra compañía? en caso de ser obligatorio este seguro, ¿tienen que ser el banco obligatoriamente el benficiario?. Como comentaba al principio, en la escritura de constitución de hipoteca no se hace ninguna referencia al seguro de vida.
Muchas gracias.
llevo mas de cuatro años con cifidis, les dije que no me cargaran prima de seguro, puesto que no la queria y no tenia firmado nada correspondiente al mismo, y hasta la fecha me han seguido cargando dicha prima de seguro del prestamo, hoy les he vuelto a mandar un mensaje por web solicitando la devolucion de todos los cargos de dicho seguro, y mas cuando inicia el prestamo no habia prima de seguro, ruego me indiquen que tengo que hacer, si acudir Banco de España o otra entidad.quedo muy agradecido.atentamente
Estimado Don Marcos
Puedo dar de baja el seguro de amortizacion de mi hipoteca? Que cosecuencias puede tener?
En mi escritura lo unico que se menciona es lo siguiente» los prestatarios se obligan a formalizar y mantener durante toda la vigencia de la operacion un seguro de amortizacion que cubra fallecimiento o invalidez»
no menciona ni penalizaciones, ni importes ni nada mas que esa frase
Un saludo y gracias
Buenos dias:
Tenemos una hipoteca, dentro de las cláusulas, si tenemos un seguro de vida, nos bonifican el diferencial, pero es una cuota abusiva.
Sería factible bajar al máximo el capital del seguro de vida de la entidad financiera y contrantar una póliza de seguro de vida a otra compañia de seguros, hasta cubrir la diferencia del capital de la hipoteca, así no perderiamos la bonificación del diferencial, y por supuesto pondriamos a la entidad financiera como beneficieras de esta segunda póliza
hola,mi caso es el siguiente:quieria un prestamo para comprarme un coche,fue al banco y al final me lo concedieron,pero aun no firme nada ante el notario,le dije que lo voi a pensar.Claro que habia tambien un seguro de vida asociado.Eso paso el jueves y viernes me cobraron el seguro de mi cuenta.Como es posible si yo aun no firme nada ???????es decir no firme el prestamo y ni lo quiero firmar…que puedo hacer?
Buena,sospecho que el banco que me ha concedido la hipoteca a abusado de mi ignorancia,tengo 62 años y para hacer frente unos pagos me concedieron un prestamo hipotecario22800€ la escritura de hipoteca me costo alrededor de unos 1500€ ,y tambien me hicieron contratar un seguro de vida ,he pagado 1770€ y eso me cubre 5 años el seguro de hogar,coche y deceso tambien,tambien de un seguro en caso que suba el euribor e pagado unos 200€(creo que es un abuso) y tambien a mi pareja un seguro de accidente 176 € anuales no se si la han puesto como aval ..el tipo de interes es de 6,50% variable e firmado un montón de papeles y no me dejo leer na da,no se ni lo que firme ,,¿es un abuso? Desde ya muchas gracias
Mi consulta es la siguiente:
Hace 12 años mí esposa y yo, firmamos una hipoteca con el banco, en un primer momento aceptamos el seguro de vida impuesto por el banco, unos años después cambiamos de compañía de seguros, mas barata y con las mismas coberturas, quedando de beneficiario el banco el cual no puso trabas al cambio de compañía.
En estos momentos por desgracia estamos en vía de divorcio, mí esposa y yo, acordando que me quede yo con la hipoteca, para lo cual consultamos con el banco para que mi esposa quedara fuera del contrato de hipoteca, cosa que acepto el banco, pero poniendo la condición de que para ello tengo que volver a contratar el seguro impuesto por ellos, mucho mas caro.
Mi pregunta es la siguiente, ¿puede el banco obligarme al cambio de compañía de seguro, en el momento de realizar la nueva escritura ante el notario, para que solo yo conste en ella, si ya había aceptado la actual compañía aseguradora, con anterioridad?.
Muchas gracias.
Hola, dos de mis hermanos hipotecaron sus respectivas casas y una finca rústica en la que los dos son dueños . Uno de ellos falleció , y el certificado de últimas voluntades refleja que tenía un seguro de hogar , tres de vida en Cajamar y uno de vida en Unicaja .
Hipotecaron sus bienes para unos préstamos conjuntos , a nombre de los dos.
Mi problema está con Cajamar ; cuando arregle el papeleo me dejaron a entender que la parte de mi hermano fallecido se quedaba cubierta , y acabo de enterarme que su casa ( que voy a heredar por medio de acuerdo ), tiene una carga de 20.000€ aún .
Mis dudas son:
Los seguros de vida normalmente cubren el 100%?
Es posible que a mi otro hermano le restarán algo con la cantidad asegurada del fallecido ?
Hay forma de que dejen la casa del fallecido libre de cargas , pudiéndo pasar esos 20.000€ a las otras dos propiedades ?
Espero que puedan ayudarme , y si se me pasa algo me gustaría saberlo. Gracias .
Buenas tardes,
Mi caso es parecido al de muchos otros usuarios, yo solicité una hipoteca en 2007 con Banco Sabadell por 110.000€ a la cual le sumaron 9.552€ de los seguros de vida de los 2 titulares (50% de cada uno) y el de protección de pagos.
En definitiva en escrituras consta que van 110.000 destinados a vivienda y 9.552 destinados a seguros de vida y p.pagos contratados por los titulares de manera voluntaria cosa que es falsa porque nos obligaron ellos.
Tengo 2 dudas:
1) En los seguros de vida que tienen vigencia hasta el final de la hipoteca 2042, la prima a indemnizar va disminuyendo. Yo tenía entendido que tu asegurabas una cantidad fija, es decir, si aseguramos el 50% cada uno la cantidad indemnizada debería ser 55.000€ para cada uno indiferentemente el año en el que nos encontremos, no?
A nosotros nos va bajando en relación al paso de los años.
2) En dicho importe, entraba en seguro de protección de pagos, pero desde el inicio de la hipoteca el banco nos indicó que no llegaba con ese dinero y hemos estado pagando trimestralmente otros 55€ por ese seguro. Eso es ilegal, no? Si ya nos lo metían dentro del otro importe porque pagar más dinero??
Ojala podais ayudarme porque pienso reclamar por irregularidades en el contrato y falta de transparencia.
Gracias.
Buenas noches:
Em marzo me caduca un seguro de vida por 5 años por el que pagué 6000 € . No quiero que me lo renueven. ¿Tengo qué hacer algo o se cancela automàticamente? Tengo la preocupación de queso no avisó me lo renueven por no haber avisado y no quiero volver a pagar 6000 euros. Gracias
Hola.
Mi consulta es que tengo una hipoteca firmada hace 3 años con la caja de canarias, resulta que no me dejan cambiar de seguro de vida y ademas me sube 20…30E todos los años. Que puedo hacer. Tengo miedo ya que el año pasado pague dos seguros de la casa porque no me lo aceptaron. Seis meses peleando, luego me dicen que jamas pasarian dos recibos ya que se consideraba ilegal segun ellos. Y luego entre risas me dicen que no que eso no es asi…!!!
Gracias por compartir esta información. Sé que la planificación de Seguros es una de las mejores opciones para la planificación de las inversiones y para asegurar la propia vida y el cuidado por el futuro de sus seres queridos.
Hola en su dia para la concesion de prestamo hipo. Me hicieron contratar otro prestamo para la financiacion a plazos del seguro de vida. Pago 35euros mes. La vivienda actualmente se encuentra en tramite de ejecucion hipo por no ppder pagar. Sin embargo pago el recibo del segulro. Pedo cancelar el prestamo meramente por el proceso de ejecucion hipo. Porque no entiendo pagar el.swguro de algo que me van a quitar. Se daria por finalizado ese preatamo del.seguro una vez subastada la vivienda. Gracias.
Hola, hemos comprado una casa de 128000 + gastos nos financian el 100% nos obligan a hacernos el seguro de vida de los dos y asciende el del chico 500€ y el de chica 300€ y tenemos que hacerle por 5 años. esto es normal??? no podemos hacerlo de otra manera para no tener que hacer dos seguros? es obligatorio hacer los 2 seguros? la entidad es caja españa duero. muchas gracias
hola mi caso es que me he cambiado de seguro y entregue la clausula de cosecion de derechos 1 mes y 20dias antes no cumplo el requisito minimo de dos meses he enviado un escrito reclamando al banco la devolucion de segurode hogar y vida que procedimiento juducial o que me puede pasar tengo que pagar si osi puedo negociar las clausulas con el banco y llevarlos seguros al minimo que inhumanos son con el dinerode la gente
buenos días, le comento mi caso, yo tengo una hipoteca con mi ex pareja de una casa q tenemoss en común, la casa me la voy a quedar yo finalmente y la operación se va a realizar mediante extinción de condominio, ahora la hipoteca pasará a mi nombre, y el banco me pide seguro de vida además de seguro de vivienda q ya tenía con ellos, y contratar otro tipo de seguro adicional (por ejemplo vehiculo), yo firmé la hipoteca hace unos 5 años, y no se va a ampliar sólo cambiar de nombre, tienen derecho a exigirme el pago del seguro de vida y un seguro adicional? en el momento de firmarla no era obligatorio y no se hizo. muchas gracias.
Pido porfavor aver si me pueden ayudar.hace 6 años saque un prestamo hipotecario de 132000 eur a pagar a 30 años con seguro de vida y seguro de hogar pero el banco me dio de baja el primer año del seguro de vida pero el de hogar sigieron cobrandomelo yo no me di cuenta deque me dieron de baja del seguro de vida asta los 2 años. mi pregunta es yo cuando pedi el prestamo estava trabajando de camionero pero alos 3 o 4 años cay de baja por enfermedad y me dieron unn 55x 100 de misnuvalia para mi profesion. y me dieron una imcapacidad permanente total para mi profesion. yo puedo pedir responsabilidades al banco por averme dado de baja del seguro de vida y que me indennizara para pagar por lo menos la mitad de mi hipoteca por aver caido enfermo.pido porfavor que alguna persona me responda gracias
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Mi mujer y yo tenemos una hipoteca pendiente de 168.000 euros a pagar en los próximos 25 años y que conlleva un seguro asociado que me recomendaron en su dia para tener mejor bonificación en el tipo de interés. Estamos pagando de seguro cantidades crecientes desde hace cinco años, ahora mismo estamos en 146 y 64 euros mensuales respectivamente, mi pregunta es, si los dos trabajamos y yo estoy próximo a la jubilación ¿es necesario que siga teniendo éste seguro si en caso de fallecimiento de alguno de los dos el otro cobraria la pensión de viuedad con la que podría pagar perfectamente la totalidad de la cuota que es de 545 euros mes ahora mismo?.
Buenos Dias,
Tengo una duda,el seguro de vida asociado a la hipoteca que tenemos mi mujer y yo como titulares de la hipoteca se renueva anualmente,durante los tres primeros años fue a través de la entidad que me concedio el préstamo con el abuso correspondiente, al encontrar otro más económico para los dos nos hemos cambiado, mi pregunta es ¿Puedo renegociar anualmente con la compañía de seguros nuestro seguro de vida en funcion del capital pendiente de préstamo?
Muchas Gracias
Llevo pagando el seguro de amortización 3 años el banco me obligó a hacerlo,me ha subido bastante la mensualidad del seguro.
Quiero cancelarla pero el banco me ha dicho que es imposible .
Quiero envíar un burofax para no renovarlo con la entidad , haber si me
hacen caso y no tengo problemas , pienso hacerlo con otra compañia de seguros más económica, a este paso pagaré más de seguro que de letra de piso.Si hago el seguro con otra compañia estoy también obligada por ley a pagar hasta que termine la hipoteca?
Buenas tardes, mi hermana va a firmar en días la hipoteca de su piso.
El banco le obliga a pagar por adelantado 10 años de seguro de vida, es decir unos 2500€.
Es legal? Si fallece a los dos años, que pasaría con esos 8 años que ya están pagados?
Gracias!
Tenemos dos hipotecas una a mi nombre y de avalista mi marido y otra a nombre de los dos, los seguros de vida se los han echo los dos a mi marido, ¿es legal? ¿si mañana me pasa algo a mi no estoy cubierta?
Hola buenas…
mi consulta es la siguiente: se puede tener una hipoteca sin el seguro de vida contratado? es decir, no tenerlo contratado porque has dejado de pagarlo, por ejemplo. Que pasaria?
Gracias!!
hola soi francisco mi pregunta es;tengo q seguir con el seguro de hogar si me cocendieron una hipoteca de 60.000y me qda tan solo 12.000eurso de hipoteca?muchas gracias
Voy a firmar una hipoteca de 100000 euros de protección oficial y por lo visto a varias personas que están en mi mismo caso el banco les a «obligado» a hacerse 2 seguros de vida,uno con pago único de unos 2000 a la firma de las escrituras y otro con una cuota de unos 170-200 euros al año hasta que finalice la hipoteca.También le han hecho hacerse una tarjeta de crédito,un plan de pensiones y el seguro de su coche con ellos.¿No es un poco abusivo?Yo siempre he creido que obligatorio es un seguro de hogar y uno de vida……¿no es así?…..¿o todo ello depende de los ahorros que tengas para hacer frente a la hipoteca?
hola,me a comprado piso hace poco un mes,a cohido hipoteca de ibercaja,i ahora me viene una carta ke vivienda seguro de vida mio y de mi marido ya esta cobrado,sin desir nada a nosotros.Si es legal esto ke a hecho ellos
Gracias por publicar esta información nos ayuda a que no nos engañen por la necesidad de contratar un credito para poder tener un derecho como es tener una vivienda para la familia.
Mi consulta va en relación a la antelación de la notificación de la cancelación de los seguros. Yo acabo de ir al banco a solicitar la cancelación, tanto del seguro de vida como de hogar, queda 1 mes para el vencimiento (pensé que era el plazo).
Mi pregunta es: ¿Cuánto tiempo tienen los seguros para comunicarme las primas del siguiente recibo? Por si deseo renunciar a los mismos.
Muchas gracias
Estimado don Marcos,
En referencia a su comentario, como imaginamos que ya le habrán indicado en su entidad el plazo mínimo legal de aviso de anulación de cualquier seguro son 2 meses, según se establece en la Ley de Contrato de Seguro, artículo 22.
Sí es un seguro anual renovable y la modificación de prima de una anualidad a otra está prevista en contrato (subida IPC, revalorización capitales asegurados fijada en póliza, etc.) no se requiere notificación expresa al tomador, ya que prestó su consentimiento al suscribir el seguro inicialmente.
Por otro lado, sí la modificación de la prima no está prevista en el contrato, en este caso el aumento de la misma debe ser aceptada por el tomador del seguro, de tal manera que deberá ser notificada por la entidad aseguradora con un mínimo de dos meses de antelación al vencimiento de la póliza. En el caso de que la compañía no cumpla con este periodo de aviso, el plazo de los dos meses para que el tomador pueda ejercer la anulación, queda en consecuencia anulado.
Espero que le sea de ayuda la información.
Quedamos a su disposición. Un saludo
Tengo una hipoteca de 100.000€ y estoy pagando un seguro de vida de 240€ al año y otro de 23,33€ cada mes, sumando todo al año sale 519,96€ en total. Es un abuso, que puedo hacer me dicen que si me cambio de seguro me cambian las condiciones de la hipoteca, ¿eso es verdad? es con el bbva.
Estimado don Jorge,
Por las indicaciones que nos da, suponemos que uno de los seguros que indica será de hogar y otro de vida, ya que es el procedimiento común en la mayoría de hipotecas actuales.
Para ver cual es la mejor manera de proceder, debe revisar las condiciones pactadas y firmadas en el contrato de su hipoteca. Es práctica habitual de la entidad financiera que nos indica realizar las llamadas hipotecas bonificadas. Habría que saber que mejora económica le supone la bonificación que tiene sobre el diferencial de su hipoteca por tener los seguros con ellos, y calcular cuanto se ahorraría teniendo los seguros contratados con otra entidad aseguradora que lo ofreciera mejores condiciones económicas, con el fin de poder comparar y ver que opción le es mas interesante.
Una segunda opción sería conservar los seguros actuales reduciendo al mínimo los capitales asegurados, para que le mantuvieran la bonificación sobre su hipoteca por las pólizas que actualmente tiene contratadas con ellos, y gestionar por otro lado seguros complementarios a los citados, con mejores condiciones económicas e incluso de cobertura.
Nuestra recomendación es que solicite que le indiquen por escrito que consecuencias tendría sobre las condiciones actuales de su hipoteca que cambie los seguros a otra entidad que pueda darle mejores condiciones, y que estudie las condiciones a las que tiene acceso en el mercado asegurador.
Si nos facilita los datos necesarios, estaremos encantados de realizar un estudio objetivo, tanto del seguro de hogar como del seguro de vida, con las principales aseguradoras del mercado para que pueda compararlo con las condiciones de sus seguros actuales contratados con el banco.
Esperamos que le sea de ayuda. Un cordial saludo.
Es sorprendente! El público en general está convencido de que sí es obligatorio tener un seguro de vida para sacar una hipoteca. Hay mucha desinformación al respecto.
Excelente post, gracias!
Saludos!
Buenas tardes:
Me gustaría saber si puedo cancelar mi seguro de vida que contrate con una entidad colaboradora distinta al banco con quién firme mi hipoteca quedando tan solo 1 mes para cumplir la anualidad. Gracias.
Estimado José María,
respecto a su consulta, debemos indicarle que el procedimiento que establece la Ley de Contrato de Seguro (art. 22) es que para dar de baja cualquier seguro es necesario avisar por escrito a la compañía aseguradora con un mínimo de dos meses de antelación. No obstante, aunque no lo notifiquemos en este plazo la mayoría de compañías aseguradoras, sí la prima no es importante y devolvemos el recibo, la compañía procede a anular la póliza por falta de pago. Por supuesto, en la mayoría de casos la compañía manda una carta, como medida de presión para evitar la baja, indicando que está en su derecho de reclamar el importe.
Si lo desea y nos facilita los datos necesarios (fecha de nacimiento, capital a asegurar, profesión y coberturas que desea asegurar) podemos estudiar su seguro de vida con el amplio abanico de compañías con las que trabajamos como correduría para ofrecerle la mejor opción. Tambien puede solicitarnos nuestra comparativa de seguros de vida en este enlace.
Esperamos que le sea de ayuda esta información.
Quedamos a su disposición.
Gracias, un cordial saludo.
Buenas noches,
Hoy acabo de firmar mi hipoteca de 300.000 euros y me encuentro la desagradable sorpresa que me han incluido un seguro de 12.000 euros para mi y otros 12.000 euros para mi mujer, por lo que el prestamo asciende a 324.000 euros. Fue algo que no me explico de manera detallada la persona del banco y una vez ya en notaria y firmado me he econtrado la desagradable sorpresa. Cierto es que es una parte de la bonificacion y, que leyendo la información sobre el contrato de seguro que hemos firmado deprisa y corriendo en el banco hay un derecho de resolucion dentro de los 30 dias siguientes a que recibamos la entrega de la poliza o un documento de cobertura provisional mediante escrito a la aseguradora. A partir de esa fecha cesara la cobertura del riesgo por parte del asegurador y yo como asegurado tendría derecho a la devolucion de la prima que hubiera pagado, salvo la parte correspondiente al tiempo que en el contrato hubera tenido vigente. Dicho esto, ¿que pasaría si mañana pidiera la resolución?, que tipo de acciones podría tomar el banco. En principio, y voy a confirmarlo en la escritura de hipoteca, perdería un parte de la bonificación. Además, tengo también seguro de vida a través de mi empresa.
Buenas noches y muchas gracias.
Estimado don Cristóbal,
En referencia a su comentario, indicarle que a nuestro entender lo primero que debe valorar para ver si realmente son abusivas estas condiciones es si la bonificación que supuestamente les dan, por la contratación de estos seguros, sobre el diferencial de su hipoteca es comparable al pago de 24.000 € como coste de los seguros, mas los intereses correspondientes ya que este capital se incluye en el capital de la hipoteca…
Debe tener en cuenta que el hecho de que se lo cobren en forma de prima única incluyéndoselo en el capital del préstamo, implica que no le dan opción a que usted pueda buscar un seguro de vida en mejores condiciones a lo largo de la vida del préstamo, y además como ya hemos comentado al incluirlo en el capital a amortizar le cobran intereses sobre el coste del seguro.
Por otro lado, efectivamente, por ley existe un derecho de resolución del contrato de seguro en los 30 días siguientes al primer efecto de la póliza.
Nuestra recomendación es que revise con detalle las condiciones de su hipoteca, y que realicen una queja por un lado frente a la D.G.S. (Dirección General de Seguros), y por otro lado ante el Banco de España, ya que son los máximos órganos reguladores en este sentido, y a nuestro parecer todos debemos transmitir la forma de actuación que tienen las entidades financieras frente a nosotros, sus preciados clientes.
Esperamos que le sea de ayuda esta información.
Un saludo
En primer lugar encuentro que ofrecen un asesoramiento profesional que resulta muy útil.
Trabajo en una aseguradora desde hace pocos meses. Recientemente unos amigos me han hecho una consulta y no he sabido encontrar respuesta. En el banco les han hecho 5 seguros de vida!!! Pagan 230 € al MES!!!! Me quedé helada… Mi pregunta es… ésto es legal? Tengo entendido que algunas compañías limitan los pagos a 3 sumaciones… Pueden dirigirse, como Laura, a los organismos reguladores por considerarlo abusivo? Sé que no es el mismo caso, pero contando que llevan pagando dichos seguros desde el año 2006 (por supuesto que les han ido subiendo las primas, pero aproximadamente habrán pagado unos 15000 € en los 6 años, por lo que la cantidad es exagerada también.
Muchas gracias de antemano.
Estimada doña Clara,
le agradecemos profundamente su comentario ya que nuestra principal finalidad es ofrecer un asesoramiento profesional que sea de utilidad para todos los consumidores de seguros, especialmente por supuesto contemplando los casos mas graves que nos encontramos en la situación general actual.
Centrándonos ahora en sus consultas decirle en primer lugar que por nuestra experiencia, no tenemos constancia de que haya un límite de seguros que se puedan contratar para un mismo riesgo con una entidad aseguradora, lo que entendemos que sería abusivo es que en cada seguro se cubriera el capital total del préstamo, no obstante aunque la suma de los capitales asegurados en las 5 pólizas sumen la cantidad total del préstamo no entendemos cual es el motivo o interés que puede tener la entidad en cubrirlo en 5 pólizas diferentes, en vez de en 1.
Por supuesto pueden, y a nuestro entender deben, dirigirse a la D.G.S. (Dirección General de Seguros), y al Banco de España para efectuar las reclamaciones pertinentes ya que son los máximos órganos reguladores en este ámbito, y por lo tanto deben conocer y controlar la actuación con carácter abusivo que puedan ejercer las entidades financieras sobre sus clientes.
Esperamos que le sea de ayuda esta información.
Un saludo
Buenas noches y muchas gracias por su respuesta. Finalmente me han confirmado que el seguro de vida es de 18000 euros que incluyen en la hipoteca, subiéndome el saldo hipotecario en torno a un 20%, como no estoy conforme con esa imposición por parte del banco estoy mirando la posibilidad de no subrogarme e irme con otra entidad bancaria que, además, me ofrece mejores condiciones.
Simplemente quería felicitarles por el trabajo que hacen orientando a personas que, como yo, nos vemos engañadas con estas situaciones ya que a mi, en las condiciones que nos dieron por escrito sobre el préstamo hace meses, no indicaba nada de este seguro y ahora me encuentro agobiada y haciendo las cosas con prisas por culpa de este abuso.
Un saludo.
Buenas tardes,
Dentro de muy poco me entregan un piso de obra nueva, seguramente me subroge a la hipoteca que tiene el promotor aunque las condiciones no son del todo buenas, esta hipoteca ya está aprobada. La única cosa a la que me obligan es a contratar un seguro de vida de prima única, todavía no se el importe exacto pero creo que serán mas de 10000 euros que amablemente, me incluyen en la hipoteca con la consiguiente subida de mi cuota mensual.
Mis dudas son, que ocurre si yo dentro de 4 o 5 años me cambio a otro banco que me ofrezca mejores condiciones? imagino que el hecho de firmar ese seguro no implica que no pueda cambiarme de banco. ¿me amortizarían ese dinero? La misma duda me surge si hago amortizaciones parciales, si ellos se cobran el seguro por 30 años y yo amortizo 8 de golpe… que ocurre con esos años en los que yo no voy a usar ese seguro?
Estoy muy preocupada por este tema ya que si me subrogo es porque en otros bancos es complicado conseguir una hipoteca pero mi idea es cambiarme a otra sucursal en cuanto pueda.
Un saludo y muchas gracias,
Estimada doña Verónica,
en primer lugar aclararle que sí realiza el pago de este seguro de vida en forma de prima única, no podrá anularlo en ningún momento, de tal manera que no tendrá opción de contratar otro seguro en mejores condiciones, que casi con total seguridad podrá encontrar en el mercado asegurador.
Otro aspecto importante que debe tener en cuenta es que sí el importe que le cobrarían del seguro de vida son 10.000€, y se lo incluyen en el capital de la hipoteca, va a abonar el importe citado mas los intereses correspondientes pactados para la totalidad del préstamo.
Desde luego, entendemos que el hecho de contratar este seguro de vida en estas condiciones, no implica que no pueda cambiar de entidad financiera, pero sí el pago lo hace en forma de prima única, el seguro seguirá en vigor en las condiciones fijadas inicialmente, y no le devolverán la parte de prima de la que no haga uso si cambia de entidad financiera o si realiza amortizaciones parciales que adelanten la finalización de la amortización del préstamo.
Nuestra recomendación es que si lo considera abusivo realice una queja por un lado frente a la D.G.S. (Dirección General de Seguros), y por otro lado ante el Banco de España, ya que son los máximos órganos reguladores en este sentido, y a mi entender no podemos permitir este abuso de poder desmedido. Es tarea de todos cortar con estas acciones que llevan a cabo sistemáticamente la mayoría de entidades financieras.
Esperamos que le sea de ayuda esta información.
Un saludo
Aunque me ha quedado claro, quiero exponerle lo siguiente:
Hace un año quise hacer reforma en mi casa, para sacar un dormitorio más. Quise pedir una ampliación de la hipoteca que tenía en su momento y bueno, al final tuve que hacer una Hipoteca nueva con otra entidad. Tuve contacto con el director del banco en la primera visita y luego toda la documentación fué enviada por e-mail. Resumiendo un poco, cuando vamos a firmar nos encontramos:
1.- Con un interés de un 5,13 % más Euribor. (Pago 1.300 € y amortizo nada más que 200 €)
2.- Por una hipoteca de 253.000 € me incluyen un seguro de vida de 22.000 € que me meten en la hipoteca!!!
3.- Y como me faltaba para pagar la obra, ya que me metieron el seguro, me dan dos tarjetas por un total de 12.000 € a un interes del 2% Tin y 26,82 % TAE, por lo que en este momento debo más de lo que saqué!!!!
En estos momentos y tras estar pasando por un bache económico, necesito arreglar esta barbaridad que creo que cometieron conmigo. Mi pregunta para usted, ya que como comprenderá no me fio de los bancos para nada, ¿Cree que se podría recuperar el seguro de vida?, ya que con ésto podría pagar las tarjetas que me están haciendo polvo?
Muchas Gracias de Antemano
LAURA
Estimada doña Laura, hemos estado viendo con detalle su comentario y sentimos su situación, pero creemos que es complicado que pueda recuperar el capital correspondiente al pago del seguro de vida, ya que usted firmó las condiciones de su hipoteca. Aunque es cierto que, sí son reconocidas como abusivas por un órgano competente se podrían revocar.
Es muy importante revisar las condiciones que fijan las entidades financieras en el momento de la firma de un préstamo, ya que debemos saber a que nos estamos comprometiendo, y si consideramos que alguna pauta es abusiva debemos tratar de desestimarla antes de la firma y consentimiento de las condiciones.
Desde luego parece abusivo que le cobren esta cantidad por el seguro de vida que comenta, y que además se lo cobren en forma de prima única incluyéndoselo en el capital del préstamo, de tal manera que consiguen no dar opción a que usted pueda buscar un seguro de vida en mejores condiciones , y además al incluirlo en el capital a amortizar le cobran intereses sobre el coste del seguro.
Nuestra recomendación es, que si lo considera, realice reclamaciones formales de esta situación frente a los máximos organismos reguladores en este sentido: el Banco de España, la Dirección General de Seguros, y la Organización de Consumidores y Usuarios. De esta manera, tras haber formalizado su reclamación, sí lo consideran abusivo actuarán de oficio.
Esperamos que le sea de ayuda esta información. Saludos
Hola, tenemos un seguro de vida asociado a la hipoteca, pero el capital asegurado es fijo (no disminuye al disminuir la hipoteca). Esto lo hicimos así con la intención de que si nos sucedia algo nuestro hijo quedara siempre cubierto.
La cuestión es que nos han comentado dos cosas que nos crean dudas:
1.- que los seguros de vida caducan cuando terminemos de pagar la hipoteca, independientemente de que sea sólo por el capital de la hipoteca o por más como en nuestro caso.
2.- que todos los seguros de vida caducan cuando la persona que lo ha contratado cumple 75 años y que no cubren la muerte natural. Si esto es así ¿para qué pagar un seguro de vida?. El argumento es que por mucho que se pague de seguro nunca se llega a pagar la totalidad de lo que se tiene asegurado y que eso no puede ser rentable para ninguna compañía.
Se me ha creado la duda de si merece la pena pagar un seguro de vida a mayores de la hipoteca y por otra parte si realmente, una vez pagada toda la hipoteca, el capital por el que estamos pagando pasará a nuestro hijo cuando nosotros nos muramos, aunque sea de viejos y no por accidente…
Gracias por su atención.
En referencia a su comentario, indicarle en primer lugar que sí que existen seguros de vida cuya duración es superior a los 75 años de edad del asegurado. En concreto, por nuestra propia experiencia, en https://www.elsegurodetuvida.com ofrecemos la posibilidad de contratar un seguro de vida anual renovable, con la cobertura de fallecimiento por cualquier causa hasta los 99 años de edad del asegurado. No obstante, si que es cierto que numerosas compañías aseguradoras limitan la duración del seguro de vida a los 75 años de edad del asegurado, pero no todas…
Lo que nos comenta sobre que el seguro que tiene con su entidad financiera finaliza al terminar la hipoteca es una condición que tendrán fijada en su póliza, pero no tiene porque ser así. Nosotros gestionamos numerosas pólizas con la finalidad que usted nos indica, en la que aseguramos el capital de la hipoteca o incluso un capital superior, y fijamos como beneficiario el préstamo correspondiente (por el capital que quedara pendiente de amortizar en el momento de producirse el siniestro) y el restante a los herederos que detalle el asegurado, de esta forma al finalizar el pago de la hipoteca el seguro se mantiene en vigor, y sí se produjera el siniestro se indemnizaría el total del capital asegurado a los beneficiarios designados.
Esperamos que le sea de ayuda esta información. Si lo desea podemos estudiar a fondo su seguro, y ofrecerle presupuesto de su seguro de vida, en el que podrá mantener su cobertura hasta los 99 años de edad.
Hola, yo soy agente de seguros y me encuentro a diario con la mala practica de bancos y cajas de ahorro que aprovechándose de la necesidad de los clientes para poder comprarse el piso les obligan a firmar cualquier cosa. Pues bien, cada vez que consigo que uno de sus clientes se haga el seguro conmigo y que se ahorre un buen dinero,que tal como están las cosas siempre va bien, me alegro mucho, ya que siempre le hago ver al cliente la oportunidad de ser él el que decida y no el banco, ya que cada uno hace con su dinero lo que quiere.
Gracias por su comentario, sienpre agrada ver que hay gente seria y profesional en el sector que se esfuerza en atender y ayudar al consumidor de seguros.
Hace un mes me concedieron una Superhipoteca tipo variable cuota variable del Banco Santander y mi sorpresa es que me indica el director de la caja que por haberme concedido la hipoteca tengo que relaizar con ellos un seguro que entre mi esposa y yo asciden a 3500€. Por que segun comenta su supervisor le indica que por habernos concedido este prestamo tenemos que dejarnos en dicha entidad esta cantidad minima. Esto es un abuso y quisiera que me indicasen que pasos puedo seguir, para poder contratar otro seguro fuera de dicha entidad que me saldria mas economico. Un saludo.
En referencia a su comentario, indicarle en primer lugar que sí en las condiciones que usted firmó hace un mes para cerrar la concesión del préstamo no se requería esta exigencia, ahora no pueden imponérselo.
Usted puede solicitarles por escrito que le indiquen dónde consta, y en base a qué tiene usted obligación de contratar estos seguros exclusivamente con ellos.
Debe cerciorarse de que el tipo de interés de su hipoteca no se modificará en base a los productos complementarios que contrate con dicha entidad financiera. Y en caso de que así fuera podríamos estudiar cual es la fórmula más rentable para usted.
En mi opinión, parece una acción comercial pura y dura, que tratan de camuflar con una supuesta obligatoriedad de contratación del mismo. Y por supuesto lo que no tiene ningún sentido es que la contratación deba ser exclusivamente en las condiciones que ellos ofrecen, sin poder comparar y decidir libremente.
Nuestra recomendación es que si no consta en las condiciones de su hipoteca, realicen una queja por un lado frente a la D.G.S. (Dirección General de Seguros), y por otro lado ante el Banco de España, ya que son los máximos órganos reguladores en este sentido, y a mi entender no podemos permitir este abuso de poder desmedido.
Esperamos que le sea de ayuda esta información.
Gracias por su amable colaboración y por toda la información que me facilito. He vuelto a hablar con el Banco y me he puesto firme conociendo ya mis opciones y sus exigencias más allá de las legalmente permitidas. Y finalmente hoy me han devuelto, (me han ingresado en mi cuenta el importe del seguro) el seguro que me habían cargado en cuenta avisando yo en el mes de Febrero que no deseaba renovarlo.
Gracias a personas como usted los ciudadanos con un nivel de ingresos poco importante para el banco podremos intentar que se nos respete o por lo menos que no se nos pise con tanta predeterminación.
Un saludo y muchísimas gracias
Nos alegra profundamente que le haya sido útil esta información.
Entendemos perfectamente cómo se siente un cliente en esta disposición frente al banco y por ello, desde nuestra experiencia, queremos dar el poder de tener la máxima información útil para no sentirnos tan desprotegidos frente a este tipo de situaciones.
Gracias por su confianza.
Un saludo
Buenos días,
Mi seguro del hogar que tenia de mi piso la entidad financiera me obligo a hacerlo co su entidad para concederme la hipoteca. Este año emos decido cambiar con otra compañia debido a que era muy caro y el servicio pesimo. Avisemos con 2 meses de antelación y aun asi me han cobrado el seguro. Hemos reclamado y me comenta que el continente ( paredes) QUE HEMOS PUESTO ES INFERIOR al del otro seguro. Mi pregunta es me puede el banco obligar a hacer un seguro por más valor que la hipoteca que tengo concedida.
Gracias y un saludo
Buenos días doña Lidia,
En referencia a su comentario, indicarle que estamos acostumbrados a encontrar este abuso de poder en las relaciones entre las entidades financieras y sus clientes, y creemos firmemente que todo el que se vea afectado debe tomar iniciativa a la hora de no permitir exigencias más allá de las legalmente permitidas.
Salvo que se haya pactado así desde un inicio en las cláusulas del préstamo, no pueden exigirle que contrate un seguro de hogar con un capital de continente superior al valor real de reconstrucción de su vivienda (que por nuestra experiencia, contando con que la calidad de la construcción sea alta, sería a razón de 1.000€/m2), principalmente porque ninguna compañía aseguradora le va a indemnizar por un capital superior al valor de reconstrucción real sea cual sea el capital asegurado.
Sí en las cláusulas y condiciones que pactaron en el momento de la concesión del préstamo no consta nada que haga referencia a lo comentado, no pueden exigírselo, y aunque si estuviera reflejado probablemente se podría desestimar ya que sería una condición abusiva que incumple la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios.
En mi opinión, parece una acción comercial pura y dura, que tratan de camuflar con cualquier excusa que se inventan y que nunca muestran por escrito.
Usted puede solicitarles que le indiquen dónde consta escrito, y en base a qué tiene usted obligación de contratar este seguro con ellos y además con un capital de contenido superior al valor de reconstrucción de su vivienda.
Además si usted notificó la baja por escrito, con dos meses de antelación no es legal que le pasen el recibo, y aun así si fue por error, que no lo creo, no tienen ningún derecho a poner ninguna objeción si lo devuelven.
Entendemos que desde las entidades financieras se fijen requisitos que certifiquen de algún modo la garantía de que el préstamo que conceden será amortizado correctamente, pero no entendemos que se crean en disposición de exigir estos requisitos en condiciones tan desmedidamente abusivas.
Nuestra recomendación es que realicen una queja por un lado frente a la D.G.S. (Dirección General de Seguros), y por otro lado ante el Banco de España, ya que son los máximos órganos reguladores en este sentido, y a mi entender no podemos permitir este abuso de poder desmedido. Es tarea de todos cortar con estas acciones que llevan a cabo sistemáticamente la mayoría de entidades financieras.
Esperamos que le sea de ayuda esta información.
Gracias por su comentario.
Un saludo.
Buenos días.
Llevo pagando 10 años la hipoteca que, en su día, se contrato sin seguro de vida asociado. Ahora me llama la entidad financiera requiriéndome contrate el seguro de vida que va asociado a la hipoteca. ¿Esto es normal?
Buenos días don Sergio,
En referencia a su comentario, indicarle en primer lugar que sí en las condiciones que usted firmó al inicio del préstamo no se requería este seguro, ahora no pueden exigírselo.
En mi opinión, parece una acción comercial pura y dura, que tratan de camuflar con una supuesta obligatoriedad de contratación del mismo. Y por supuesto lo que no tiene ningún sentido es que la contratación deba ser exclusivamente en las condiciones que ellos ofrecen, sin poder comparar y decidir libremente.
Usted puede solicitarles por escrito que le indiquen dónde consta, y en base a qué tiene usted obligación de contratar este seguro con ellos.
Nuestra recomendación es que realicen una queja por un lado frente a la D.G.S. (Dirección General de Seguros), y por otro lado ante el Banco de España, ya que son los máximos órganos reguladores en este sentido, y a mi entender no podemos permitir este abuso de poder desmedido.
Esperamos que le sea de ayuda esta información.
Un saludo.
Hola buenos días les expongo mi caso:
Tenemos intención de comprar un vivienda de obra nueva y subrogarnos a la hipoteca, entre otras cosas porque el diferencial que tienen es muy bajo 0.6% + Euribor. Vamos a aportar el 50% del importe de la vivienda en mano y la entidad nos dice lo siguiente:
1º. No nos dan la seguridad de poder subrogarnos a ese 0.6, ya que dicen que se hizo ese préstamos en el 2005 y ahora las condiciones de mercado han cambiado mucho, y que pierden dinero.
2º. Nos dicen que en cualquier caso debemos de pagarles 5000 euros en seguros como prima única, cosa que me parece muy excesiva.
Buenos días doña María,
En referencia a su comentario, indicarle en primer lugar que las entidades financieras están en disposición de poder fijar una serie de pautas o condiciones como requisitos para la concesión de un préstamo, lo que no debería suponer que establezcan condiciones abusivas, como pudiera ser el caso.
Decirle también que este tipo de seguro de vida en el que se abona el coste del seguro en forma de prima única, tiene dos implicaciones: la primera es que aseguramos un capital constante siendo que este capital pendiente de amortizar se va reduciendo conforme se realizan los pagos de las cuotas del préstamo, y por otro lado la imposibilidad de realizar cambios o anulación de la póliza en próximas anualidades si encontraran una póliza con la misma cobertura pero con mejores condiciones económicas.
En caso de que ustedes acepten los requisitos que nos indican, nunca está de más, sobre todo si no están de acuerdo con los mismos que realicen una queja por un lado frente a la D.G.S. (Dirección General de Seguros), y por otro lado ante el Banco de España, ya que son los máximos órganos reguladores en este sentido.
Advertirle no obstante que es complicado conseguir cambios en las condiciones, dada la situación de poder de las entidades, y los servicios de abogacía de los que por lo general disponen.
Esperamos que le sea de ayuda esta información.
Un saludo.
Voy a firmar una hipoteca de 100000 euros y me obligan a contratar un seguro de vida, que incluyen en la hipoteca, de 10.000 euros. Con lo que me «hacen el favor» de darme una hipoteca de 110.000 euros. Es legal? Si firmo la hipoteca puedo denunciarlo después como abusivo? Ni que decir tiene que ellos saben que necesito el dinero y que en las primeras informaciones de las condiciones de hipoteca esto no figuraba. Me temo que el día de la firma me encuentre «más sorpresas». Gracias.
Buenos días don Ángel,
En referencia a su comentario, indicarle en primer lugar que las entidades financieras están en disposición de poder fijar una serie de pautas o condiciones como requisitos para la concesión de un préstamo, lo que no debería suponer que establezcan condiciones abusivas, como pudiera ser el caso.
Desde luego que aparentemente, abonar de prima del seguro un 10% del capital asegurado, es sorprendentemente alto, pero para indicarle con exactitud necesitaríamos datos concretos sobre el asegurado para realizar un presupuesto y poder compararlo.
Decirle también que este tipo de seguro de vida en el que se abona el coste del seguro en forma de prima única, tiene dos implicaciones: la primera es que aseguramos un capital constante siendo que este capital pendiente de amortizar se va reduciendo conforme se realizan los pagos de las cuotas del préstamo, y por otro lado la imposibilidad de realizar cambios o anulación de la póliza en próximas anualidades si encontraran una póliza con la misma cobertura pero con mejores condiciones económicas. Ademas debemos tener muy en cuenta que si se añade el capital del seguro al capital del prestamo, pagaremos intereses también sobre el coste del seguro.
En caso de que ustedes acepten los requisitos que nos indican, nunca está de más, sobretodo si no están de acuerdo con los mismos que realicen una queja por un lado frente a la D.G.S. (Dirección General de Seguros), y por otro lado ante el Banco de España, ya que son los máximos órganos reguladores en este sentido.
Advertirle no obstante que es complicado conseguir cambios en las condiciones, dada la situación de poder de las entidades, y los servicios de abogacía de los que por lo general disponen.
Esperamos que le sea de ayuda esta información.
Un saludo.
Actualmente pago 350 euros al año de seguro de vida no se las condiciones que me pusieron pero en ese momento nesecitas la hipoteca y lo firmas todo.
Ahora en tienpos de crisis ,voy a la caja y les digo que si puedo anular
el seguro de vida y me dicen que no ,es obrigatorio seguir pagando este
seguro de vida.
Decirle que el banco puede exigir la contratación de un seguro que cubra el capital pendiente de la hipoteca en caso de fallecimiento del titular, como requisito para la concesión del mismo, pero en ningún caso le puede obligar a contratarlo con ellos, y una vez contratado con ellos por supuesto no le pueden obligar a mantenerlo, si usted puede contratar un seguro con iguales o mejores condiciones con otra entidad.
Hola me dirijo a ustedes para exponerle mi caso.yo tengo una hipoteca de 115000 euros con sa nostra caja baleares el problema es que pago una mensualidad de 95 euros que me parece una barbaridad y me dicen que esa cuota tiene ese importe debido a mi edad peso y estatura quisiera saber si puedo elegir otra compañia de seguros ya que mirando el otro dia por internet la mas cara con las mismas coberturas me salia por la mitad ademas yo soy el unico al que hago frente a la hipoteca y llevo mas de un año pagando dicha hipoteca Muchas gracias por su ayuda..
Decirle que el banco sí que puede fijar una serie de condiciones para conceder el préstamo, de tal manera que puede exigir que se contrate un seguro de vida como forma de afianzar el pago del préstamo, pero lo que no es legal en ningún caso es que obligue a contratarlo exclusivamente con su propia compañía aseguradora, o con la compañía aseguradora colaboradora que sea.
Es decir, que el banco le puede exigir la contratación de un seguro que cubra el capital pendiente de la hipoteca en caso de fallecimiento del titular, pero en ningún caso le puede obligar a contratarlo con ellos. De hecho es un acto que puede y debe ser denunciado ante la Dirección General de Seguros.
No obstante debo advertirle que cada caso puede tener unas peculiaridades concretas, como es el caso por ejemplo de lo que llaman hipotecas bonificadas, en las que puede haber algún tipo de cláusula en la que se indique una pérdida de condiciones en caso de dar de baja el seguro contratado con ellos. En este aspecto para poder orientar con exactitud sería necesario ver las cláusulas y condiciones concretas del préstamo.
Remarcarle que en los seguros de vida vinculados a préstamos siempre debe estar claro que el banco sería el beneficiario únicamente de la parte que quedara por amortizar en el momento de producirse el siniestro (fallecimiento del asegurado). De tal manera que el resto del capital sería indemnizado a los beneficiarios que usted designara.
Los seguros de vida, son una inversión que todo ser humano si pudiera debería hacer, porque nos ayudan a resolver inconvenientes de la vida, como accidentes, ahorrar para nuestros hijos, en fin, tienen muchas ventajas y lo mas importante es que cuando nos muramos tendremos algo de dinero para dejar bien económicamente a nuestra familia…saludos